LA HABANA, Cuba (Por Pelayo Terry Cuervo, especial para Por Esto!).- En el camino para otorgarle más preponderancia en ciertas actividades productivas y de servicios, las autoridades cubanas pusieron en vigor este martes nuevas normas jurídicas relacionadas con la creación y funcionamiento de las Cooperativas No Agropecuarias (CNA), una modalidad de trabajo que gana espacio dentro de la actualización del modelo económico nacional.
Sesenta días atrás, la Gaceta Oficial de la República de Cuba, había publicado los pormenores de la nueva norma, que es un paso previo para generalizar este tipo de Cooperativas de manera coherente y escalonada en el país.
A partir de ahora, esta forma de gestión no estatal se define como cooperativa de trabajo, en la cual los socios tienen como principal contribución su labor personal, al tiempo que se profundiza la relación con el territorio donde está ubicada, por lo que contribuye al desarrollo económico y social de éste.
La norma establece que las actividades de reparación y mantenimiento de máquinas para confecciones textiles, equipos tecnológicos, de pesaje, de climatización y refrigeración, boleras y carpintería de aluminio tendrán alcance nacional, mientras en el caso de la construcción mantiene el alcance territorial actual y se faculta al titular del sector a autorizar excepcionalmente operaciones fuera del territorio.
En cuanto a la retribución económica se establece un límite máximo de tres veces entre el socio que más ingresos percibe y el de menos, en aras de garantizar una distribución justa de las riquezas, al tiempo que aparece la figura de socio a prueba, lo que permite verificar las cualidades y el rendimiento del trabajador por un período de hasta de nueve meses.
En cuanto al crecimiento de los socios se establece un rango –excepto las cooperativas de la construcción-, según la cantidad existente en el momento de entrada en vigor de la norma: las de menos de 10, podrán duplicar la cifra; entre 11 y 50, podrán crecer hasta el 50 por ciento; entre 51 y 100, hasta el 20 por ciento; y de 101 en adelante, hasta el 10 por ciento.
De igual manera se amplía de uno a tres años el término para negociar bonificaciones o exenciones del pago de arrendamiento de inmuebles, cuando la cooperativa asume su reparación y además se establece como nuevo pilar la educación y formación de los socios, y la obligatoriedad de crear un fondo proveniente de las utilidades para su financiamiento.