La Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de Mexico fue modificada para que los padres de familia y/o tutores tengan prohibido utilizar castigos corporales o físicos y humillantes a los menores de edad como medida disciplinaria.
Las modificaciones fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, donde, por decreto se adicionaron las fracciones "fracciones XIII Bis y XIII Ter al artículo 4; así como un tercer párrafo al artículo 43.
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Se modifica la fracción X y se adiciona una fracción XI al artículo 44; se modifica la fracción VIII y se adiciona la fracción VIII Bis al artículo 102 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.
Esos castigos afectan la autoestima y dignidad de los menores, al contribuir al desarrollo de conductas agresivas y en su vida adulta hacia su cónyuge e hijos, así como a comportamientos antisociales y una mayor propensión a las adicciones, entre otros.
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La ley también estipula la habilitación de albergues y espacios de alojamiento para menores de edad en calidad de migrantes. Esta ley estará en concordancia con la Ley de Migración. Estos cambios jurídicos están en función de fomentar actitudes positivas en los menores de edad y evitar que desde temprana edad sean violentados.
El dictamen a la iniciativa que promovió la diputada de Morena, Guadalupe Morales Rubio, se aprobó por unanimidad de los 43 legisladores presentes en el pleno y establece la obligación de las autoridades de promover y difundir medidas de disciplina adecuadas.
Los cambios en esta ley entraron en vigor este jueves 24 de febrero del 2021.
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AR