Este jueves 22 de febrero la Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), por lo que se tendrán restricciones vehiculares para este viernes 23.
La Comisión declaró que se registró una concentración máxima de ozono de 167 ppb, en la estación de monitoreo Ajusco Medio, de la Alcaldía Tlalpan en la Ciudad de México.
Por esta razón, se espera alta radiación solar prevaleciente a lo largo del día y el viento débil con dirección variable dentro del Valle de México, provocaron el estancamiento de los precursores del ozono y la formación e incremento de este contaminante.
Ante esta situación, se dio a conocer el 'Hoy No Circula', vehículos con placas en específico y modelo que no podrán ser usados este viernes 23 de febrero.
Noticia destacada
Estas son las alcaldías que se verán afectadas por la nueva intensa ola de calor que llega a la CDMX
Hoy no Circula 23 de febrero
Para este viernes 23 de febrero, ciertos vehículos deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas, por lo que los conductores deberán de tomar precauciones.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el permiso para exentar el Hoy No Circula por discapacidad, el holograma de discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.
Síguenos en Google News y recibe la mejor información
GC