México

SAT recuerda la deducción de colegiaturas y transporte escolar en la declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria llamó a los contribuyentes a aprovechar la deducción de pagos por colegiaturas y transporte escolar en la próxima declaración anual, detallando los requisitos y montos permitidos para este beneficio fiscal.
El SAT llamó a los contribuyentes a aprovechar la deducción de pagos por colegiaturas y transporte escolar en este inicio de ciclo escolar / Especial

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un recordatorio para las personas físicas en este regreso a clases: los pagos realizados por concepto de colegiaturas y transporte escolar obligatorio son deducibles en la declaración anual. Este beneficio fiscal también se extiende a los pagos por colegiaturas de cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa, así como para el propio contribuyente.

¿Quiénes pueden deducir colegiaturas y transporte escolar?

La deducción de estos pagos aplica únicamente para instituciones educativas privadas que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. El SAT ha establecido un padrón de escuelas que emiten comprobantes fiscales con los requisitos necesarios para acceder a este beneficio, el cual puede consultarse en la siguiente página web: Padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

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Límites anuales para deducción de colegiaturas

El SAT también especificó los montos máximos que pueden ser deducidos anualmente según el nivel educativo cursado:

  • Preescolar: $14,200 pesos
  • Primaria: $12,900 pesos
  • Secundaria: $19,900 pesos
  • Profesional técnico: $17,100 pesos
  • Bachillerato o equivalente: $24,500 pesos

Para que la deducción sea válida, es fundamental que la factura emitida por la institución educativa incluya el complemento de colegiaturas, en donde se desglose claramente el pago de las mismas y del transporte escolar, en caso de que este último sea obligatorio o esté incluido en la colegiatura.

Formas de pago aceptadas

El SAT enfatiza que los pagos deben realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente, o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. Cabe destacar que los pagos en efectivo no son deducibles.

Consulta de requisitos y medios de orientación

Para facilitar la declaración, los contribuyentes pueden utilizar el Visor de deducciones personales, donde se encuentran los requisitos específicos para que estos gastos sean prellenados en la declaración anual.

El SAT también pone a disposición varios medios de contacto para quienes necesiten orientación adicional:

  • MarcaSAT: 55 627 22 728 desde cualquier parte de México y (+52) 55 627 22 728 desde el extranjero. Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles.
  • Chat uno a uno: a través de chat.sat.gob.mx
  • OrientaSAT: disponible en el Portal del SAT.

Este beneficio fiscal representa una oportunidad importante para las familias mexicanas, especialmente en un contexto económico desafiante, y el SAT busca que todos los contribuyentes que cumplen con los requisitos puedan aprovecharlo de manera efectiva.

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