Quintana Roo

Garantizan equidad de género en elecciones

Por Gabriel E. Manzanilla

CHETUMAL, 7 de marzo.- Para las elecciones del próximo 2 de junio, en donde se elegirán a las ciudadanas y ciudadanos que conformarán la XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo, los partidos políticos deberán garantizar que las mujeres tengan igual oportunidad que los hombres, mediante los principios de paridad horizontal, vertical y transversal, siendo ésta última muy importante, porque permitirá postular a mujeres en aquellas candidaturas de mayor oportunidad de triunfo.

Así lo dio a conocer la consejera electoral y presidenta de la Comisión Transitoria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Thalía Hernández Robledo, en el marco de la conmemoración del “Día Internacional de la Mujer”, quien dijo que el Ieqroo se ha encargado de que las mujeres ocupen y tengan un 50 por ciento de espacios para los comicios venideros.

En este sentido, dijo que se implementó una serie de pláticas con el tema “Criterios a seguir en el registro de candidaturas en materia de paridad, en las fórmulas de diputaciones que se postulen en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019”, dirigido a las y los integrantes de los 15 Consejos Distritales, para que éstos los apliquen y hagan cumplir durante la etapa del registro de candidaturas, así como también para que difundan estos criterios a la ciudadanía y conozcan de qué se trata y cómo aplicarán durante las elecciones del próximo 2 de junio.

Durante la plática a los integrantes de los Consejos Distritales XIII, XIV y XV, se dio a conocer la forma en que los partidos políticos establecerán la paridad y participación equitativa e igualitaria de hombres y mujeres.

Para ello se les dio a conocer las tres vertientes de paridad que deben cumplir los partidos políticos a la hora de designar a sus candidatas y candidatos, siendo la paridad vertical, la horizontal y la transversal.

En la paridad vertical, señaló Hernández Robledo, los partidos políticos al momento de postular sus listas de representación proporcional, lo harán de forma alternada, es decir, si la lista la encabeza una mujer, quien debe seguir es un hombre, y así sucesivamente o viceversa.

En el caso de la paridad horizontal, se refiere a que del total de las postulaciones de cada partido político, un 50 por ciento será para hombres y el otro 50 para mujeres; ejemplificó que si un partido político participa en los 15 Distritos electorales, tendrán que postular ocho mujeres y siete hombres o viceversa.

La funcionaria electoral dijo que la paridad transversal es un principio novedoso y muy importante para la inclusión política de la mujer, establece que los partidos políticos tendrán la obligación de postular a mujeres en aquellas candidaturas con mayor posibilidad de triunfo, cosa que antes no se acostumbraba hacer.

Explicó que para la paridad transversal los partidos políticos se guiarán de los resultados de la última elección, en este caso la del 2016 con la XV Legislatura y, con base en las votaciones obtenidas de los 15 distritos, los dividirán en tres bloques: los de mayor votación, los de mediana y los de baja votación.

Por cada bloque de alta y baja votación, los partidos políticos deberán garantizar 50 % mujeres y 50 % hombres en las candidaturas, con lo cual ambos géneros tendrán las mismas oportunidades en aquellas posiciones con mayor posibilidad de triunfo. En este caso, como son 15 distritos, la postulación del bloque de alta votación deberá conformarse con 3 mujeres y 2 hombres o viceversa.

El mismo proceso se repetirá para los distritos que menos votaciones obtuvieron, “lo que se busca con este tipo de paridad es que ni se postule a puras mujeres en distritos perdedores, ni se postule a puros hombres en distritos ganadores”, concluyó Hernández Robledo.

Añadió que un plus para este proceso electoral, es que las candidaturas donde se tengan a hombres como propietarios, podrá nombrarse a una mujer como su suplente; pero no será así cuando una mujer sea la candidata propietaria, ya que en ese caso, forzosamente tiene que ir otra mujer como su suplente.

Lo anterior se hizo para evitar una mala práctica que desfavorecía a la mujer en el ámbito político, pues a nivel nacional se tuvieron muchos casos donde al llegar una mujer a un cargo de elección popular, era bajada por su mismo instituto político, para dar paso a su suplente que resultaba ser hombre.

Finalmente, la funcionaria del Ieqroo destacó que antes de la reforma política electoral de 2014, se hablaba y aplicaba lo que se denomina equidad de género, pero a raíz de la reforma se habla y aplica la paridad de género, es decir, el 50 por ciento hombres y 50 por ciento mujeres para los cargos de elección popular, principio de paridad previsto en todas las normas que tienen que ver con la materia.