Quintana Roo

Pagará Impuesto al Hospedaje

Por Gabriel E. Manzanilla

CHETUMAL, 31 de marzo.- La plataforma digital de alojamiento y rentas vacacionales por internet, Airbnb, se sumó a la regulación del Impuesto al Hospedaje en el Estado de Quintana Roo, con lo que estará aplicando este gravamen en las próximas vacaciones de Semana Santa.

La plataforma digital Airbnb incluyó el cobro de este impuesto para sus alojamientos dentro del estado de Quintana Roo, el cual equivale al 3 por ciento sobre el valor de facturación y/o contratación de los servicios de hospedaje proporcionados.

Cualquier usuario que ingrese a la página y solicite un espacio para hospedarse en Cancún, Playa del Carmen, Cozumel, Bacalar, Chetumal o cualquier otro destino de esta entidad federativa, se podrá dar cuenta que la plataforma ya incluye el 3 por ciento del Impuesto al Hospedaje, mismo que le será retenido al momento de reservar y confirmar dicho servicio.

Con esta acción Airbnb estará pagando el Impuesto al Hospedaje en por lo menos 6 estados del país, siendo estos Quintana Roo, Ciudad de México, Yucatán, Sinaloa, Oaxaca y Baja California.

Además, desde principios de marzo, la Sefiplan lanzó y puso en funcionamiento el Registro Estatal de Anfitriones en Línea, en el cual se deben inscribir todos aquellos prestadores del servicio de hospedaje mediante plataformas digitales y con propiedades particulares.

Para ello también se estableció la constancia de anfitrión, haciéndose obligatoria desde el pasado 1 de marzo, la cual puede ser tramitada en la página oficial de la dependencia, http://www.sefiplan.qroo.gob.mx.

Con las modificaciones a la Ley del Impuesto al Hospedaje, que entraron en vigor este año, se reconoce el concepto de “anfitrión” como la persona física que brinda servicios de hospedaje en inmuebles de su propiedad, posesión o administración en forma total o parcial, de manera permanente o eventual a través de una plataforma digital.

Con estos cambios se estableció que cuando el servicio de hospedaje se brinde a través de un anfitrión, éste deberá solicitar su inscripción al Registro Estatal de Anfitriones en Línea, por cada uno de los establecimientos en donde se brinde el servicio de hospedaje.

Asimismo, los anfitriones deberán obtener una constancia que los acredita como tales y los faculta para poder ofrecer el servicio de hospedaje en propiedades particulares y mediante plataformas digitales. Lo anterior será a través del Registro de Anfitriones en Línea, que ya está disponible en la página de la Sefiplan.

La constancia no será obligatoria para aquellos anfitriones que acrediten ser residentes permanentes del inmueble y que no excedan los 45 días anuales como periodo máximo para ofrecer el servicio de hospedaje. Esto no los exime del pago del impuesto al hospedaje.

Con lo anterior se sientan las bases para regularizar el servicio de hospedaje ofertado en propiedades particulares y a través de plataformas digitales, quienes estarán obligados a inscribirse en el Registro Estatal de Anfitriones en Línea y empezar a pagar el 3 por ciento del impuesto al hospedaje, entre otros lineamientos que establezca la autoridad.

Además, también serán objeto de este gravamen las áreas de pernocta destinadas a albergues móviles tales como campamentos, paraderos de casas rodantes, departamentos, casas y villas particulares total o parcialmente.