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Quintana Roo

Amplían suspensión de labores presenciales

El acuerdo fue publicado en el Periódico Oficial del Estado y ya entró en vigor

* El periodo es del 1 al 30 de junio en dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública de Quintana Roo * Tiene como objetivo evitar la concentración de personas para que no incrementen los contagios de COVID-19

Por Luis Enrique Tuz

CHETUMAL, 31 de mayo.- Se suspenden las labores presenciales en las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo del 1 al 30 de junio del 2020, a fin de evitar la concentración de personas y en observancia a las medidas emitidas por las autoridades sanitarias de la federación para evitar más contagios del coronavirus COVID-19, según el acuerdo fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo y ya entró en vigor.

En el acuerdo también se instruye a los titulares de las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, a que por causa de fuerza mayor se suspendan los términos y plazos en la práctica de actuaciones y diligencias de los procedimientos administrativos que desarrollen, tales como inicio, substanciación, notificaciones, citatorios, emplazamientos, audiencias, requerimientos, acuerdos y diligencias durante el periodo comprendido del 1 al 30 de junio.

Asimismo, indica que del 1 al 30 de junio 2020 se llevarán a cabo las acciones tendientes a la preparación para el regreso a las labores presenciales en las dependencias como son: la elaboración de lineamientos para el reinicio seguro de actividades presenciales, capacitación de personal para la seguridad en el ambiente laboral, adecuación de espacios y procedimientos, así como la implementación de las medidas de sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que se consideren necesarias.

Se instruye a la secretaria de Salud y directora general de los Servicios Estatales de Salud, para que en coordinación con la titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el oficial mayor de Gobierno, definan y emitan los lineamientos mencionados.

Se instruye a los titulares de las dependencias y entidades paraestatales de la administración pública a que realicen las acciones necesarias tendientes para digitalizar los trámites, servicios y procedimientos presenciales que se desarrollarán ante las mismas.

Se instruye al oficial mayor para que realice un registro de las personas mayores de 60 años, así como aquellas que cuentan con alguna condición de salud que las coloque en situación de vulnerabilidad y riesgo que laboran en la administración pública, a efecto de que éstas puedan cumplir con sus actividades laborales desde casa, cumpliendo con el resguardo domiciliario corresponsable.

Se instruye al oficial mayor para que de manera coordinada con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo emitan los lineamientos por los cuales se establezcan los mecanismos para el desarrollo de actividades laborales, que a través del uso de tecnologías efectuarán desde casa las personas servidoras públicas, debiendo en todo momento el cumplir con las metas y objetivos planteados en el Plan de Desarrollo 2016-2022 actualizado.

A los titulares de las dependencias se les instruye para que realicen las acciones correspondientes,

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