Quintana Roo

Piden que COVID sea considerado como enfermedad profesional

Ante el incremento de decesos de trabajadores petroleros por el COVID-19 , que ya suman más de 100 los fallecidos por este virus, la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional de la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP), Silvia Ramos Luna, dijo que le llama la atención la afectación de los que laboran en las plataformas marinas, aunque en las plantas industriales también va a la alza y se sabe que es un problema complejo , además de que no es específico de Petróleos Mexicanos (Pemex) pero piensa que han existido omisiones administrativas que han agudizado el problema en la salud.

Expresó que los técnicos y profesionistas petroleros están convencidos que la vida humana está por encima de todo y cualquier esfuerzo es justificable en su defensa. Por ello, se niegan aceptar que las muertes de los trabajadores de la industria petrolera sean inevitables, aún cuando entiendan que la salud de una gran mayoría de ellos no es satisfactoria y que una vez superada la crisis, tendrán que revisar muchas cosas, entre ellas, los hábitos alimenticios y la cultura alimentaria.

Señaló que ante las afectaciones que está provocando el virus del SARS-CoV2, se debe considerar como enfermedad profesional el contagio de COVID-19 que sufran médicos, camilleros y enfermeras de Pemex, así como al personal de plataforma que bajaron de las instalaciones en vuelo ambulancia y al personal que sus síntomas empezaron a bordo.

Indicó que si bien Pemex está llevando a cabo los protocolos establecidos, permitió que se quedaran en los centros de trabajo, mucho personal vulnerable que de no haber estado expuesto aún seguiría con vida. Por lo que reiteran la petición que se envíe a resguardo domiciliario al personal que se indicó en la lista del oficio UNTyPP-SG-039/2020 del 4 de mayo y aquellos que el expediente médico indique que existe vulnerabilidad al COVID-19. Señalando que uno de los funcionarios del CEN de esta unión, Sergio Castellanos Valdez, f-329355, quien está incluido en la lista entregada para resguardo domiciliario, cayó enfermo de COVID-19 y se encuentra en estado crítico.

Respeto al Contrato Colectivo de Trabajo

Ramos Luna mencionó que es necesario que se aplique de forma pareja la cláusula 43 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) a todos los afectados de COVID-19, respetando con ello la disposición presidencial de no afectar ingresos de los trabajadores por circunstancia de la pandemia.

Por otra parte, solicitó que le proporcionen un desglose de los trabajadores fallecidos por subsidiaria, plataforma o centro de trabajo, así como citar si estaban de descanso, resguardo domiciliario, trabajo en casa, vacaciones o trabajando en las instalaciones de la empresa; la edad, estado de salud (si padecía diabetes, hipertensión, entre otras), con el objetivo de tener los elementos necesarios para realizar un análisis objetivo que les permita como Pemex actuar en un futuro de forma más eficiente.

“Lo urgente en estos momentos, es impedir que se sigan muriendo trabajadores, por lo que además de las propuestas que hemos manifestado en los oficios anteriores, les solicitamos reforzar los filtros sanitarios de acceso a las plataformas, pues compañeros que acaban de subir, comentan que a los trabajadores se les pregunta si tienen o no la prueba de COVID-19 y sin que haya una evidencia se les permite el ascenso”, mencionó.

Señaló que se debe considerar que muchos trabajadores petroleros transitorios que no han subido en algún tiempo por necesidad pueden mentir y contaminar las plataformas a las que suban. La sugerencia es que se les solicite el comprobante de que tienen la prueba reciente y no se les permita el acceso si no cuentan con ella.

Solicitan relevos

Apuntó que de igual modo se debe relevar al personal médico asignado a las plataformas para que puedan descansar, pues tienen información que los médicos están haciendo jornadas de 28 días, por lo que están expuestos al doble de interacciones, reportándose a la fecha cuatro médicos de plataforma contagiados. Además se debe realizar pruebas rápidas a los trabajadores, antes de subir a la plataforma y siete días después de haber subido para asegurar que son negativos al COVID-19.

Manifestó que por disposición administrativa de la Dirección Corporativa de Administración y Servicios (DCAyS), la cobertura temporal de plazas está limitada a 38 días, por lo que ante las jubilaciones, incapacidades médicas u otras ausencias, existen trabajadores que están laborando jornadas de 12 horas diarias y en los casos más críticos de 24 por 24 horas, sin tener descansos contractuales, lo cual afecta irremisiblemente su salud y provoca la depresión de su sistema inmunológico, poniéndolos en grave riesgo de adquirir el COVID-19.

Comentó que ante ello, la UNTyPP solicita que se haga a un lado la restricción de las coberturas y se proceda a contratar al personal transitorio necesario para evitar estas jornadas extenuantes; ya que les informan de la sección 4 de la UNTyPP de Paraíso, Tabasco, que ya les llegó un nuevo formato para ampliar la cobertura y sustituir a los trabajadores de Pemex Exploración y Producción (PEP) que no están laborando por situaciones relacionadas con el COVID-19, por lo que solicitan que esta ampliación de coberturas se haga extensiva a las demás subsidiarias y que subsecuentemente no aplique para las plazas de turno, cuyo personal tiene que ser relevado para no afectar la operación segura de las plantas de proceso.

(Texto: Fernando Kantún /

Foto: Especial)