Quintana Roo tendrá cuatro Tribunales Laborales que se encargarán de dirimir las controversias que se presenten entre trabajadores y patrones de toda la entidad, en materia de despidos injustificados, huelgas, titularidad de contratos y los llamados procedimientos voluntarios, informó José Rafael Rivero Martínez, titular de la Unidad para la Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Laboral del Poder Judicial.
Estas cuatro salas, funcionaran con jurisdicción territorial, dos en Cancún- dónde estadísticamente se tiene el mayor número de demandas- una en Playa del Carmen y una más en Chetumal.
Las tres salas, dos en Cancún y una en Playa del Carmen, estarán concentradas únicamente en conocer de los conflictos individuales entre trabajadores y patrones, mientras que la de Chetumal, también tendrá la facultad de poder resolver además los conflictos colectivos a nivel estatal, es decir los que surjan entre sindicatos y patrones.
Rivero Martínez señaló que se realizó la sectorización de esta forma, debido a que de acuerdo con las estadísticas de los tres últimos años, históricamente en las ciudades de Cancún y Playa del Carmen, las Juntas locales de Conciliación y Arbitraje, resolvían más de mil demandas, en tanto que en Chetumal, la carga laboral es menor, con al menos 250 demandas por año.
Ante este panorama, se determinó que sea en la sala de Chetumal, dónde se diriman también, además de los asuntos individuales, los colectivos.
Para poner en marcha los tribunales, se capacitaron a 36 trabajadores del Poder Judicial, a dónde permanecerán los Tribunales Laborales, entre personal jurídico y administrativo, el cual comenzará en funciones el próximo 3 de noviembre de este año.
“El poder judicial se encontraba listo para iniciar con la aplicación de la Reforma al Sistema Laboral, pero debido a que algunos estados presentaban retrasos en la adecuación de sus procesos, el Consejo de Coordinación para la Implementación de la
Reforma al Sistema de Justicia Laboral emitió una prórroga para que sea hasta el 3 de noviembre, cuando entre en vigor la aplicación”.
En este nuevo modelo de justicia laboral, existen dos nuevas figuras que sustituirán a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, la de los Centros de Conciliación, que son un organismo descentralizado que se encargará de buscar arreglo entre trabajadores y patrones, los cuales de igual forma se encontrarán en Cancún, Playa del Carmen y Chetumal; sin embargo, de no llegar a ningún tipo de acuerdo, se le otorga al trabajador una constancia que señala que se agotó la instancia de conciliación y a través de esta, se judicializa hacia los tribunales laborales.
Explicó que la figura de las Procuraduría de la Defensa del Trabajo continua vigente y son las que, una vez agotada la instancia de la conciliación, asesorarán al trabajador para interponer la demanda ante los tribunales laborales.
“Es una de las reformas más importantes del país, puesto que no se dirige a un sector en particular si no en la generalidad de todas las personas que tengan la calidad de trabajadores” expuso Rivero Martínez.
¿Qué debe hacer un trabajador despedido?
En el nuevo modelo de Justicia Laboral cuando un trabajador considera que ha sido despedido de manera injustificada, el primer paso es acudir a los Centros de Conciliación, dónde se citará al patrón con la finalidad de poder llegar a un arreglo, ya sea económico o de reinstalación del mismo.
Si llegan a un arreglo, concluye el procedimiento, pero de no hacerlo el trabajador deberá contratar los servicios de un defensor particular quien podrá interponer la demanda directamente ante el Tribunal o acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, dónde se le brindará asistencia jurídica para que proceda a interponer la demanda ante el mismo Tribunal.
Sin embargo, también existe la posibilidad, de que los trabajadores acudan ante el Instituto de la Defensoría Pública, organismo dependiente del Poder Judicial, quien también tiene la facultad de poner instaurar la controversia del orden laboral.
Es importante mencionar que, los tribunales no sólo atienden casos por despidos injustificados, si no también declaratorias de huelga, conflictos por la titularidad de contratos y procedimientos voluntarios.
Juicios laborales son mixtos
Los juicios en los tribunales laborales, son mixtos, es decir tienen una parte escrita y otra en la que se emplea la oralidad.
En la primera fase el tribunal reciba la demanda y le informa al patrón que ha sido demandado, para que de la misma forma escrita emita su réplica (contestación de la demanda) y de nueva cuenta, si el trabajador decide contestar al patrón, puede emitir por escrito una contrarréplica.
Finalmente si a consideración del patrón, existen deudas que cobrar al trabajador o controvertir las afirmaciones del mismo, puede realizar una contraversión o contrademandar.
Sin embargo, una vez que concluya esta fase, el sistema de audiencias, es 100 oral, hasta llegar a la emisión de la sentencia.
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JCL