En el Día Internacional de la Discapacidad, el Gobernador Mauricio Vila Dosal expidió el decreto por el que se crea y regula el Instituto para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado, el cual entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2019.
De acuerdo con el decreto 9/2019, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, la instancia es un organismo público descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto coadyuvar con el Poder Ejecutivo y las dependencias y entidades estatales en la inclusión y el desarrollo de las personas con discapacidad.
Entre sus principales atribuciones se encuentran:
Promover y difundir los derechos de las personas con discapacidad, con la finalidad de hacerlos exigibles de acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Coadyuvar en el diseño de las políticas públicas que, en materia de discapacidad, se implementen en el Estado, captando propuestas a través de la consulta a organizaciones de la sociedad civil, personas con discapacidad, sus familias y expertos en la materia.
Asimismo, participar, apoyar y realizar estudios, proyectos, investigaciones jurídicas y propuestas legislativas de reforma al marco jurídico vigente que garanticen los derechos de las personas con discapacidad y contribuyan a su inclusión y desarrollo. Promover y difundir a la sociedad una cultura de respeto e inclusión de las personas con discapacidad, con el objetivo de eliminar los estereotipos y prejuicios en su contra.
De igual forma, realizar campañas periódicas de difusión y respeto por los derechos de las personas con discapacidad y promover la accesibilidad en la infraestructura física de instalaciones públicas, así como los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para la atención segura y accesible de la población con discapacidad, entre otros.
Estructura orgánica
En cuanto a su estructura orgánica, el Instituto estará conformado por una Junta de Gobierno, el director general y las unidades administrativas que establezca su estatuto orgánico. Respecto a la Junta de Gobierno, el decreto establece que estará integrada por el Gobernador, en calidad de presidente, y los Secretarios General de Gobierno, de Desarrollo Social y Educación, quienes tendrán derecho a voz y voto en las sesiones.
Por lo que toca al director general, éste será nombrado y removido por el titular del Poder Ejecutivo. En este caso, el nombramiento del director del Instituto lo realizará Vila Dosal dentro de un plazo de 30 días naturales, contando a partir de la entrada en vigor de este decreto, es decir, a partir del 1 de enero próximo.
La disposición también establece que el citado Instituto cuente con un Consejo Consultivo, cuya labor será proponer políticas públicas y acciones específicas que se puedan llevar a cabo, el cual estará integrado por el Gobernador en calidad de presidente, los secretarios de Obras Públicas, Seguridad Pública y Fomento Económico y Trabajo.
Además de dos representantes de instituciones educativas relacionadas con el objeto del Consejo, 5 representantes de organizaciones de la sociedad civil, uno por cada tipo de discapacidad (motriz, intelectual, psicosocial, auditiva y visual), 3 especialistas, empresarios o personas de reconocido prestigio, en materia de personas con discapacidad, defensa de los derechos o cualquier otro tema relacionado que se considere pertinente.
El presidente del mencionado Consejo determinará, previa convocatoria y consulta, las instituciones educativas, las organizaciones de la sociedad civil y las personas que se sumarán a este cuerpo colegiado, quienes durarán en su cargo hasta tres años. Los cargos de los integrantes de ambas juntas son de carácter honorífico.
(Rafael Gómez Chi)