Yucatán

Trabajadoras domésticas tienen derecho al IMSS

Sus patrones están obligados a afiliarlas

En Yucatán, como en el resto del país, los patrones deberán incorporar al seguro social a las trabajadoras domésticas, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró en diciembre pasado que es discriminatorio excluir a estas trabajadoras del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El director general del IMSS, Germán Martínez, ha acatado esta decisión y, según se dijo, ya se han girando instrucciones para diseñar un programa piloto que se deberá implementar en el primer semestre del año.

Sin embargo, el IMSS ya contaba con el régimen de incorporación voluntaria de trabajadores domésticos al seguro social, mediante una solicitud que puede presentar como patrón una persona física.

Ayer se solicitó información sobre este asunto a la delegación estatal del IMSS en Yucatán para saber cuántas personas hay incorporadas bajo esta modalidad; empero, no hubo ninguna respuesta.

La SCJN determinó que no existe razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo que provoca discriminación injusta contra dichas trabajadoras. Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas.

El IMSS debe diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar, que a su vez entregue las facilidades administrativas necesarias que permitan cumplir de manera sencilla y clara las obligaciones patronales.

Es decir, el régimen social propuesto debe tomar en cuenta las particularidades del trabajo doméstico, como lo es que en algunos casos tenga más de un patrón y que las relaciones laborales usualmente no están establecidas mediante un contrato de trabajo.

Amelia Ojeda Sosa, coordinadora jurídica de la Unidad De Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), expuso que hoy día el trabajo doméstico lo realizan las mujeres sin ninguna prestación, lo que implica que, si por ejemplo, se enferma, no tiene ningún tipo de servicio y ellas tendrán que cubrir los gastos.

“Hay la opción de que si los patrones son conscientes le paguen gastos de este tipo, pero hoy no se considera que tengan la obligación y esto genera que este tipo de mujeres sigan viviendo en una situación de pobreza e indefensión, sin tener las prestaciones que deberían tener”, expresó.

Señaló que también carecen del servicio de guarderías y muchas veces sucede que si las mujeres en cuestión tienen hijos son despedidas o los patrones no les dejan llevar a sus hijos a las casas donde trabajan.

“Creo que esta resolución de la Suprema Corte es de justicia por el alcance que tiene”, resaltó.

Dijo que si bien hoy día los patrones pueden dar de alta bajo el régimen voluntario, ahora con esta resolución será ya un régimen obligatorio y lo tendrán que hacer los que tengan empleada doméstica.

Expuso que esto tiene que ver con las disposiciones internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por lo que no se trata de una concesión sino de una resolución que México ha suscrito.

Además, externó que esta resolución permitirá a las trabajadoras domésticas gozar de una pensión por semanas cotizadas.

Mencionó que en muchos casos se maneja que las empleadas domésticas son como parte de la familia, lo que muchas veces es una trampa porque con ese argumento no se les da seguridad social. “Pero ahora con esta resolución se ha avanzado dentro de un marco normativo que protege a las trabajadores domésticas”, finalizó.

(David Rico)