Yucatán

El Ayuntamiento de Mérida por fin dio cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado y emitió una nueva resolución con respecto a los permisos del Urban Center, pero lo hizo con los mismos vicios e incurriendo en las mismas irregularidades que motivaron las acciones legales emprendidas por los vecinos afectados de la zona.

El representante legal de los afectados, Alfredo Pinelo Cámara, recordó que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado determinó que son nulos los permisos de construcción y de uso de suelo del centro comercial Urban Center y que se debía emitir una nueva resolución.

El anterior director de la Dirección de Desarrollo Urbano, Aref Karam Espósitos, usó todos los pretextos legaloides a su alcance para no cumplir con la sentencia, por lo que incluso los vecinos afectados presentaron una queja ante el Tribunal por el desacato en que incurrió el funcionario.

La sentencia original fue emitida desde el 20 de octubre del 2016 al Ayuntamiento de Mérida y, luego de un proceso largo, finalmente vino la sentencia y el Ayuntamiento emitió una nueva resolución, que consiste en otorgar nuevamente la licencia de uso de suelo el pasado 6 de noviembre del año pasado y apenas hace unos días se notificó a la parte demandante.

Se “torció” de nuevo la ley

Sin embargo, Cámara Pinelo señaló que en esta nueva resolución se torció nuevamente la ley y, además, el Tribunal deberá revisar si se cumplió cabalmente la sentencia en esta nueva respuesta de la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida.

El abogado manifestó ayer que, nuevamente, se cometieron serias irregularidades, además de que todos los negocios del Urban Center siguen funcionando sin contar con permiso alguno.

Entre las irregularidades cometidas nuevamente por la Dirección de Desarrollo Urbano, expuso que en la nueva licencia autorizan giros y no usos, como lo señala la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Yucatán.

Como ejemplo, dijo que “una tienda de abarrotes” es un giro, el uso es comercial. Así, la DDU tomó atribuciones que la ley no le otorga, ya que única y exclusivamente pueden hacer lo que le manda la ley.

Además, dijo que en esta nueva licencia se encargaron de detallar superficies a ocupar por cada local, cuando la norma habla de superficie útil, lo que incluye la construcción completa.

La norma marca que en el lugar no se permiten construcciones de más de 10 mil metros cuadrados y el centro comercial cuenta con más de 26 mil metros cuadrados. De esta forma, seccionaron en lo individual cada negocio que hay en el centro comercial a fin de taparle el ojo al macho.

“En la licencia, a manera de justificar su análisis, detalla cada giro por superficie, quedando justos cada uno de ellos, en la superficie necesaria, no mayor a 10 mil m2 para ser un uso condicionado, que para el caso no se demuestra el cumplimiento de los condicionantes para el otorgamiento, se basa exclusivamente de la superficie y no todos los demás, que por usos definieron el capítulo estratégico del PDU. En pocas palabras, detallaron que los locales sean menores a 10 mil m2 para que sea condicionado, pero no demuestran si cumplen con las condicionantes para el otorgamiento”, expuso.

Dolo

Además, dijo que se enlista la clasificación de usos, pero no se otorga por usos, sino por giros, pero de manera dolosa se dividen por ocupación útil por local, cuando la solicitud es una para un solo predio que es la totalidad del Urban Center, cuyo impacto general es el que afecta a los vecinos.

“No es procedente en una autorización la segregación o separación de usos en el mismo predio, por diferentes razones; la edificación no se hace de un modo individual, sino en conjunto; los usos, por más variados y mixtos, se dan en un solo predio, no son varios, las actividades en este predio son conjuntas, ya que comparte estacionamiento, lo cual hace que todo sea en un conjunto y nunca la misma autoridad había actuado de esta manera, separando y detallando giros para reducir superficies, siempre ha dado licencias, como por ley corresponde, al predio en cuestión, que en este caso no es viable la separación”, comentó.

Pinelo Cámara expuso que en la nueva licencia se da una autorización a giros, que existen hoy en día en la plaza, no los que de modo original se consideraron, lo cual hace inconsistente la autorización, ya que no se apega a lo original.

“Esto genera dos problemas: la ilegalidad de una autorización, porque se estaría autorizando un nuevo giro no incluido, que sería ilegal; y dos, que se caería en incumplimiento, ilegal también, de la superficie utilizada por uso, es decir, podría ser que comercio o servicio, rebase la superficie permitida, siendo violatorio de la norma aplicable”, señaló.

Afectaciones directas

Dijo que, en caso de usos y giros diferentes, no se han considerado la posibilidad de las afectaciones directas por cambios, como el estacionamiento, ya que las demandas de cajones son diferentes, lo cual repercute en insuficiencia de plazas de estacionamiento; también en tema de muebles sanitarios y dispositivos de seguridad y emergencia, de lo que podemos concluir que no está preparado para brindar servicios y seguridad a todas las personas en cada caso.

“Como conclusión final, podemos detallar que se autorizó giros y no usos, para poder, por su parte, acomodar superficies, las cuales no se consideran las áreas públicas y comunes, lo que haría una superficie mayor”.

“Se buscó detallar el giro y no usos, lo cual demuestra que, en el caso, se puede dar conflicto en los complementos como estacionamiento suficiente; que con la pulverización de los giros no se considera la afectación general, que es un solo predio con una edificación en su conjunto, que demanda mayor servicio y que su impacto no se divide por giros, sino por su funcionamiento y actividades dadas en el predio, lo cual la autoridad no consideró así en su autorización”.

“Los giros son los actuales y que no se tiene la certeza de su condición de seguridad por cambio de usos; que para los giros específicos se requieren autorizaciones independientes, ya que cada uno puede tener requerimientos particulares por sus actividades, como los de comidas por venta de bebidas alcohólicas y, al ser centros de concentración, dependen de Protección Civil”, señaló.

Finalmente, el abogado dijo que esta nueva resolución de la DDU deberá ser revisada por el Tribunal de Justicia Administrativa para determinar si se cumplió o no de manera cabal con la sentencia. Además, dijo que de ser necesario los vecinos afectados podrían recurrir a otras instancias por el amparo directo.

(David Rico)