Los plenos del Consejo de la Judicatura y del Tribunal Superior de Justicia acordaron ayer en sesión conjunta que, a partir de hoy miércoles y hasta el 31 de este mes, se suspende la atención general al público y, en consecuencia, los plazos judiciales en todos los procesos de carácter penal, civil y familiar, además de que no se permitirá la presencia de personas que no tengan ningún interés jurídico en las diligencias extraordinarias que se realicen.
Entrevistado en su oficina del Tribunal Superior de Justicia, momentos después de llevarse a cabo la sesión de los dos órganos, el magistrado presidente Ricardo Avila Heredia reconoció que esta medida ocasionará algunos atrasos en el desahogo de los expedientes, pero observó que es una situación especial para proteger la salud no sólo de los empleados del Poder Judicial, sino de toda persona que acuda a realizar sus respectivos trámites, ante la contingencia del coronavirus.
Puntualizó que los procesos que sí se podrán realizar de manera normal son:
1.- La recepción de las pensiones y el pago de las mismas.
2.- Atención a las órdenes de protección sobre casos de agresión a mujeres.
3.- Procedimientos que privilegien la protección y atención de menores.
4.- En materia penal se atenderá todo lo relacionado con las audiencias iniciales que comprenden el control de la detención hasta la vinculación y las medidas cautelares, así como la revisión de estas, en su caso.
Mayores de 70 años no laborarán
Avila Heredia apuntó que, de igual forma, se acordó que los trabajadores con más de 70 años, mujeres embarazadas y personas que padezcan alguna enfermedad crónica, tendrán permisos para no acudir a laborar en el período establecido. Hizo notar que, de igual forma, se reafirma que el personal que tenga cualquier síntoma de la enfermedad inmediatamente deberá retirarse y acudir al médico para su valoración. Insistió en su llamado a adoptar todas las medidas de prevención establecidas por las autoridades y, asimismo, recordó que se reducirán los medios de acceso a las oficinas judiciales, además de quienes ingresen se apliquen el gel que se dispone a las entradas.
–Otras cuestiones que también van relacionadas con el personal es insistir en lo que es la limpieza, fumigar ciertas áreas, todo lo que es capacitación, que son cursos, todo lo que es presencial y reunión de gente está suspendido, apuntó. Resaltó que todos los jóvenes que realizan su servicio social y prácticas profesionales, también dejarán de acudir en el período señalado.
–Con los trabajadores, esta suspensión no implica que no asistan, porque seguirán con sus labores encomendadas, con las excepciones señaladas con anterioridad.
Ejemplos
Añadió que se integró un comité con ambos órganos para tener la información constante y actualizada para que en cualquier momento, si fuera necesario, tomar otro tipo de medidas.
Al abundar sobre la suspensión de los plazos judiciales en los diferentes procesos, Avila Heredia puso como ejemplo:
“Si una persona que ya tiene un procedimiento y tiene 10 días para presentar pruebas, ese término se corta y no va a correr del 18 al 31 de este mes de marzo. Otro ejemplo, si una persona tiene un tiempo para presentar su demanda, también se corta, se interrumpe lo que es la prescripción, ya que en este período no va a abonar para que sus asuntos prescriban o precluyan, es decir, no se pierden los derechos”.
Finalmente señaló que la disposición se hace extensiva al Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Comunicado
Más tarde, el Poder Judicial emitió un comunicado en el que precisa los detalles del acuerdo tomado por la mañana.
PRIMERO. Se determina la suspensión de la atención general al público, del 18 al 31 de marzo del 2020, por lo que no correrán plazos jurisdiccionales ni administrativos; sin embargo, dicho período será laborable, y no derivará en el cierre de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Poder Judicial de Estado, las que mantendrán un horario ordinario de labores.
Las oficialías de partes de todo el Estado no recibirán promoción alguna, a menos de que se trate de las excepciones a las que se refiere el artículo segundo del presente acuerdo general.
SEGUNDO. Se exceptúa de lo previsto en el artículo anterior, en materia penal, aquellas actuaciones urgentes de plazo constitucional y las relacionadas con la libertad personal, así como órdenes de protección; en materia familiar, órdenes de protección y las urgentes que involucren niñas, niños y adolescentes, en caso de que la integridad de los infantes se encuentre en riesgo inminente
De igual manera, los servicios del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado de Yucatán, seguirán prestándose de manera habitual para atender los trámites relativos a la recepción y pago de pensiones por alimentos.
Los procedimientos en materia de transparencia y protección de datos personales se tramitarán de manera ordinaria.
Lo previsto en los párrafos anteriores se realizará en estricta observancia de las medidas preventivas establecidas por las autoridades sanitarias, así como las demás que determinen ambos Plenos del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
TERCERO. Se exhorta a los titulares de los órganos jurisdiccionales a valorar las circunstancias particulares de cada asunto, en que se haya establecido un régimen de visitas supervisadas y de entrega –recepción de niñas, niños o adolescentes–, para que en el caso en que se requiera dicte la suspensión de las convivencias supervisadas y las entregas recepciones.
CUARTO. Se autoriza permiso con goce de sueldo a favor de las personas trabajadoras embarazadas, las mayores de 70 de edad, con discapacidad que comprometa el estado de salud o con sistema inmune comprometido, con el efecto de suspender su asistencia a los centros de trabajo.
QUINTO. Se continuará con las medidas de higiene y limpieza de las áreas para prevenir riesgos de contagio y proteger la salud, tanto del personal como del público en general.
(Rafael Mis Cobá)