Yucatán

Las víctimas de violencia familiar no podrán otorgar el perdón a su agresor, con lo que el delito deberá perseguirse de oficio para que se haga justicia de acuerdo con lo aprobado ayer por los diputados de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado.

Los legisladores aprobaron ayer modificaciones al artículo 115 del Código Penal en materia de Perdón del Ofendido y se establece que no procederá el perdón cuando se trata de un caso de violencia familiar o su equiparable, cuando haya lesiones.

La diputada Milagros Romero Bastarrachea (MC), que promueve la iniciativa, explicó que en casos de violencia familiar las mujeres víctimas otorgan el perdón a su agresor, muchas veces por presiones familiares o de otra índole, pero con la reforma aprobada ayer lo anterior ya no será procedente y el delito deberá perseguirse de oficio hasta que se haga justicia.

Dos objetivos

Dijo que la iniciativa tiene dos objetivos: por un lado, que se haga justicia y que se pueda atenuar la violencia hacia la víctima, pero también que se genere un expediente para el agresor, que muchas veces generan violencia contra otras mujeres, pero como no tiene antecedentes eso impide imponerle una pena ejemplar.

“La violencia hacia las mujeres y este tipo de casos son el pan de cada día y con estas modificaciones se tendrá mayor garantía de justicia”, expuso.

Desenlace fatal

Por su parte, la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama (PAN) dijo que el producto legislativo aprobado abona a la lucha que se lleva a cabo en todo el territorio nacional para hacer justicia a las mujeres; coincidió en que es común que las víctimas de violencia otorguen el perdón, incluso en casos de violación contra menores, pero luego de ello, muchas veces, los casos terminan en un desenlace fatal como el feminicidio.

Kathia Bolio Pinelo (PAN) también respaldó la iniciativa, pues dijo que el asunto es de suma importancia, sobre todo porque en esta pandemia por COVID-19 las mujeres han sido del sector más afectado por la violencia. Por ello, dijo que es necesario reforzar el marco jurídico para que se proteja a las mujeres, ya que en los últimos días se han dado un par de feminicidios.

Castigo para los

que no den pensión

En la sesión se aprobó también una modificación al artículo 324 del Código Penal, en materia de insolvencia voluntaria del deudor alimentista, y se estableció duplicar la sanción existente, que va de 4 a 8 de prisión y de 500 a 1,000 días de multa por tal delito, cuando mediante cualquier acto se simule insolvencia para eludir las obligaciones alimentarias.

Se expuso que a menudo los deudores de pensión alimenticia se declaran en insolvencia, en detrimento del cumplimiento de sus obligaciones, por lo que se estableció duplicar la sanción en el delito de fraude de la insolvencia voluntaria del deudor alimentista.

El diputado presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, Luis Borjas Romero (PRI), señaló que los temas aprobados son de gran importancia, pues refuerzan los derechos de la familia y de la mujer; asimismo agradeció el trabajo y esfuerzo que los diputados hacen analizando las iniciativas fuera del recinto; al cuerpo técnico por contribuir a que las sesiones sean más ágiles y a todo el personal del Poder Legislativo por continuar con la labor de servir a la sociedad apoyando las actividades diarias del Congreso del Estado, siguiendo todas las medidas de salud posibles para no poner en riesgo su vida.

Gran avance

El diputado Felipe Cervera Hernández (PRI), presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, destacó también que con lo aprobado se da un gran avance en la protección de las mujeres y de los menores que se ven privados de recibir su manutención.

Destacó que con las reformas aprobadas se establecen reglas claras para la protección de las mujeres en cuanto a las que son víctimas de agresiones, pero también cuando son secuestradas en sus derechos fundamentales, como los económicos y de otra índole.

(David Rico)