Discriminar a una persona por motivos de su salud o a sus familiares, y en particular en asuntos relacionados con el COVID-19, se sancionará con multa de 43 mil pesos, monto que se duplicará si el acto discriminatorio se lleva a cabo durante la actual contingencia, de acuerdo con lo aprobado ayer por el pleno del Congreso del Estado.
Con el aval de los legisladores se incorporan a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado conductas consideradas discriminatorias, como “prohibir o negar el libre acceso, permanencia o ascenso al empleo por el estado de salud”, así como la “Difusión de información sobre su condición de salud o historial médico sin consentimiento de la persona”.
La promovente de la iniciativa, Janice Escobedo Salazar (PRI), dijo que el catálogo de conductas discriminatorias permitirá al “Centro para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Yucatán” ampliar su campo de actuación de oficio y, por ende, dar vista al Ministerio Público cuando considere que se cometieron delitos.
Duplican multas
De igual forma, con la aprobación de este dictamen, se duplicarían las multas a ciertas conductas discriminatorias que sean motivadas por el estado de salud de cualquier persona durante el período que comprende la declaración de contingencia o emergencia sanitaria, tales como ofender o promover la violencia a través de mensajes e imágenes; incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria, persecución o a la exclusión de alguna persona o grupo; impedir el acceso a la seguridad social y a sus beneficios, o establecer limitaciones para la contratación de seguros médicos, salvo en los casos que la ley así lo disponga.
Las sanciones van desde la amonestación hasta una multa de 43,440 pesos (500 UMA), que se duplicaría en caso de que se presente en la actual contingencia.
Esta reforma para sancionar conductas discriminatorias se une a las modificaciones que el Congreso realizó hace unas semanas para castigar a quienes agredan al personal de salud, con sanciones que podrían alcanzar hasta 7.5 años de prisión por actos discriminatorios, ataques o le inflija algún tipo de lesión durante la contingencia que se vive.
Archivos
En la sesión del pleno de ayer se aprobó también la Ley de Archivos para el Estado de Yucatán, la cual abroga la Ley del Sistema Estatal de Archivos de Yucatán.
Según se expuso, con esta nueva ley se fomenta el combate a la opacidad y ordena implementar políticas públicas para prevenir y evitar daños por corrupción a aquella información que es generada por los sujetos obligados, que son todos aquellos órganos que reciben dinero público.
La diputada Karla Franco Blanco (PRI) mencionó que esta nueva Ley busca generar una gestión de archivos eficaz, responsable y transparente, en la cual cualquier persona, sin discriminación, pueda acceder a los documentos de gobierno.
En el mismo sentido, la diputada Silvia López Escoffié (MC) resaltó que es un cambio de paradigma en el manejo de la información por parte de las dependencias públicas y construye un nuevo sistema para que exista el gobierno abierto a la ciudadanía; es un paso más al Parlamento Abierto y también al Cabildo Abierto.
Samahil
Los diputados aprobaron reformar la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Yucatán para que los municipios puedan cobrar derechos por servicios en materia de Protección Civil, aún sin contar con una Ley de Hacienda propia.
En este tenor se aprobó una modificación a la Ley de Ingresos del Municipio de Samahil para el ejercicio fiscal 2020, sobre el pago de derechos para la apertura y revalidación de licencias para el funcionamiento de los establecimientos y derechos por servicios de Protección Civil Municipal.
Con las reformas se les dota a los municipios de nuevas medidas tributarias en materia de protección civil y de funcionamiento de negocios, para que puedan percibir mayores ingresos por los servicios que proporcionan a los ciudadanos.
(David Rico)