Yucatán

Audiencia contra granja porcícola de Kekén en Homún, sin fecha

Tribunal Colegiado resolverá si se estudia el recurso que PAPO interpuso, para abrir granja, comentó Grupo Indignación
La audiencia se ha aplazado en varias ocasiones, por lo que se espera una nueva fecha / Daniel Silva

La audiencia en la que el Juez Segundo de Distrito, Rogelio Leal Mota, iba a decidir si mantenía o revocaba la suspensión de la granja de la empresa Productora Porcícola Alimentaria (PAPO) en Homún, que forma parte del modelo de aparcería de Kekén, se volvió a postergar por tercera ocasión, informó Lourdes Medina Carrillo, abogada de Indignación, grupo que asesora legalmente al pueblo maya.

Mencionó que la audiencia se difirió porque será un Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo y Administrativo del Estado el que tendrá que resolver si se tiene que estudiar o no el recurso que interpuso la empresa, para que se decida si se revoca o no la suspensión del criadero, esto porque también se admitió la queja que metió Grupo Indignación hace dos meses, en donde expuso que el Juez Segundo no debió admitir el recurso que interpuso la compañía porque no existe un hecho superveniente, es decir, no hay un hecho nuevo en el caso.

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“El argumento con el que la empresa va y pide que vuelvan a analizar lo ya revisado en múltiples ocasiones, incluso por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que en mayo ratificó la suspensión, es por la planta de tratamiento la cual dicen que va a cumplir con las normas en relación con las aguas residuales”, dijo Medina Carrillo, en referencia de que la empresa utilizó dos documentos para que el juez decida si levanta o no la clausura.

Entre esos documentos, señaló que uno lo emitió la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), el cual, la abogada considera que viola la suspensión que está otorgada a favor de Homún; mientras que el segundo escrito que supuestamente emitió la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

“De acuerdo con un oficio de parte de autoridades universitarias, nos han dicho que es un documento que no suscribió alguna autoridad, por lo cual hemos denunciado esto ante el juez”, mencionó.

Por lo anterior, la litigante dijo que no había razón para que el Juez Segundo le diera trámite al recurso de PAPO, es decir, “debió hacerle el recorrido de antecedentes (a la empresa) de que ya se ha resuelto, que no hay nada más que buscar y declarar improcedente el recurso, algo que no ocurrió. Por lo que metimos un recurso de queja, que nos permite la ley en contra de esa admisión”, y que fue aceptada recientemente.

En ese tenor, explicó que, el juez nunca suspendió el proceso, pero al integrar el expediente del caso, les comentó que: “Si bien el expediente está listo para resolver, considera que tiene que esperar a que el Tribunal resuelva nuestra queja”.

“Es decir, el Colegiado debe de decirle (al juez) si puede o no conocer sobre ese incidente que PAPO ha presentado. Consideramos que es un actuar que debió realizar el juez desde que nosotros presentamos esta queja. Sin embargo, lo hace ahora y ¿qué pasa? No puede emitir nueva fecha para resolver, hasta que el Tribunal Colegiado resuelva, por lo que no hay fecha de cuándo va a ser esto”, comentó.

Por último, explicó que ahora que el caso pasó al Tribunal Colegiado, es posible que en los próximos días se dé a conocer la fecha de audiencia ante esta instancia.

“El Colegiado puede decir que es evidente y clara la improcedencia del recurso y desecharlo, o resolver si procede o no la suspensión”, concluyó.

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JG