Yucatán

¿Por qué las motos no pueden subir a los puentes del Periférico de Mérida?

Debido a los reglamentos que se han estado implementando en el Periférico de Mérida en los motociclistas, te decimos la razón por la que no pueden transitar sobre los puentes
Transitar sobre los puentes de Mérida en moto puede causar accidentes / Especial

Después de los múltiplos accidentes de motociclistas que ocurren el el Periférico de Mérida y por manejar a exceso de velocidad en los últimos años, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Yucatán ha señalado a los conductores de motos respetar la Ley de Movilidad y no es para menos, en el estado los vehículos con motor pequeño han aumentado sus ventas y se ven más seguidos en todas partes, sobre todo en los puentes. 

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Debido a esto se han instalado casetas de vigilancia en el Anillo Periférico de reducción de velocidad para exhortar a los motociclistas a utilizar adecuadamente el casco y no circular sobre los puentes, ya que al ser vistos en los puestos de control o mediante las cámaras de vigilancia recibirían una sanción a su segunda llamada de atención, lo que ha generado molestas en los dueños de estos vehículos. 

Hasta la primera quincena de este mes, el Estado registra 113 decesos, que equivale a una muerte cada 21 horas. De esa cifra 56 son motociclistas, 19 peatones, 17 conductores, 14 viajeros o acompañantes y siete ciclistas, de acuerdo con datos proporcionados por el asesor de vialidad, René Flores Ayora. La noche del martes, un motociclista falleció en la carretera Akil-Pencuyut

¿Por qué las motos no pueden subir a los puentes?

De acuerdo con la Ley de Tránsito de Yucatán el Artículo 295 dice que que está completamente prohibido la conducción de vehículos menores motorizados y vehículos menores en los siguientes lugares: 

  • Entre los carriles de tránsito
  • Sobe las aceras
  • Sobre los pasos peatonales
  • Sobre rampas para personas con discapacidad
  • Sobre pasos a desnivel 

En el Artículo 296 se puede leer que: Cuando exista un carril especial para vehículos menores motorizados y vehículos menores, adyacentes a otra Vía Pública, los conductores de dichos vehículos tendrán la obligación de transitar sobre él. 

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LV