Yucatán / Sucesos

El adolescente F. C. T., de 13 años de edad, será sujeto a procedimiento por el delito de lesiones calificadas que ponen en peligro la vida (2), ya que se le señala como probable responsable del sangriento ataque a sus propios padres en su domicilio del fraccionamiento Terranova de la colonia Chuburná.

La Juez primero de Control del Centro de Justicia Oral Especializado en Justicia para Adolescentes, licenciada Manuela Chiu Dorantes, después de los debates entre las partes y prolongada audiencia, encontró elementos suficientes para iniciar el proceso.

La Vicefiscalía Especializada en Justicia para Adolescentes, a cargo del licenciado Luis Alberto Chan Correa, presentó los cargos y a petición de la defensa, ayer se programó, a partir de las 12 horas, la audiencia en la que se resolvió sobre su situación jurídica y fue vinculado a proceso penal.

Sin embargo, como apenas tiene 13 años se le aplicaron medidas cautelares diversas al internamiento preventivo, que es una sanción extrema que se le impone a los mayores de 14 años cuando cometen algún delito.

La Juez de Control, licenciada Manuelita Chiu, al analizar los argumentos vertidos por las partes en la audiencia, inclinó la balanza en favor de la representación social y decretó el auto de vinculación a proceso en contra del adolescente por los cargos de lesiones calificadas que ponen en peligro la vida, en agravio de sus propios padres, a quienes atacó con arma blanca mientras dormían.

Como dimos a conocer en forma oportuna, en la Fiscalía General del Estado, el joven de 13 años fue valorado por un psicólogo y su estado de salud mental indica que no presenta lesión ni está mal emocionalmente, por lo que no se encontró motivo aparente que indique por qué atacó a puñaladas a sus padres en su domicilio mientras descansaban.

De acuerdo con los ordenamientos en la ley se señala que las medidas de cautela deben ser proporcionales al hecho realizado y tendrán como fin la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades; sin embargo, sólo se les puede aplicar internamiento preventivo a los que han cumplido la edad de 14 años.

Lo anterior, debido a que el internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de 14 años por la comisión o participación en un hecho que la ley señala como delito.

Al ser vinculado a proceso a F. C. T. se le mantiene como medida cautelar la imposición del dispositivo electrónico localizador y estará bajo resguardo domiciliario en el domicilio de su abuela paterna.

Se ordenó la separación inmediata del domicilio de sus padres, no podrá abandonar el Estado y además de quedar bajo cuidado de su familiar, también tendrá vigilancia de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.

(Armando Gamboa Romero)