Campeche

IEEC NO puede actuar contra campañas adelantadas

Sino hasta que se presente una queja bien sustentada y fundamentada y en la cual se señalen los actos anticipados: consejera presidente Mayra Bojórquez González / Omite opinión sobre Eliseo Fernández y el Alcalde de Candelaria

La consejera presidente del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), Mayra Bojórquez González, afirmó que no puede actuar la dependencia estatal sobre los supuestos de políticos que están haciendo campaña de forma adelantada con recursos públicos, hasta que haya una denuncia bien sustentada.

“Tenemos nosotros que estar a la espera de que se presente una queja, en donde se señalen los actos anticipados de campaña, también con la narración de los hechos que relaten en su escrito de presentación de quejas, así como las pruebas de evidencia, que ellos consideran como actos anticipados de campaña, como cualquier proceso jurisdiccional; es parte administrativa y se resolverá con base en las constancias que presente el promovente”, expresó.

Bojórquez González insistió que solamente se aplicará la justicia en los casos concretos donde se emita la denuncia y se comprueben los hechos que se le están imputando a las personalidades, en este caso al presidente de Campeche, Eliseo Fernández Montúfar, y el de Candelaria, Salvador Farías González, quienes han hecho exhibición electoral desde el comienzo de su administración.

“Se tendría que ver los hechos y si estos están debidamente probados y sustentados con las constancias que presente y con base en esto se verá la magnitud y si es que procediera una sanción, aquí lo que nos queda ver es qué constancias van a presentar”, añadió.

La encargada de la institución electoral manifestó que a pesar de las muestras de la ciudadanía a favor de Fernández Montufar, no forma parte de la carga probatoria, así que no se puede sancionar así nada más, sino que debe llevar todo un proceso.

Arguyó que los ciudadanos tienen la libre expresión para demostrar su posición política desde cualquier candidato o funcionario público, por lo tanto se tendrán que hacer las investigaciones, cuando haya una denuncia y la persona que lo haga dé la información necesaria para ahondar en el tema.

“Atenuantes no, serían elementos de carga probatoria, pero volvemos al punto, tiene que mediar una queja por parte de un actor político para que nosotros podamos iniciar las investigaciones pertinentes”, reiteró.

“Aquí uno de los principios fundamentales del derecho, el que firme está obligado a probar, aquella persona que presente una acusación, una queja, tiene que aportarnos a nosotros la autoridad, los elementos de pruebas suficientes para que entonces sí, podamos entrar al estudio y realizar la valoración, apegado a la ley y a los hechos una constancias que nos permita determinar si hubo una conducta violatoria de la ley y la magnitud de esta violación cometida, volvemos al punto, vamos a estar a la expectativa de que si presentan esta queja o no”, finalizó.

(David Burelo)