Violentando la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Carmen que encabeza el Espurio Oscar Rosas, busca cobrar el impuesto predial a los planteles educativos, a pesar de estar exentos del mismo al generar beneficio público.
Contraviniendo lo establecido en la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, la Coordinación de Catastro de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Carmen, envió oficio al jardín de niños “Zoila Vadillo Sanoguera” invitando a cubrir un adeudo pendiente por concepto del impuesto predial desde el 2012 a la fecha de $4, 499.86.
En el documento, firmado por el jefe de ingresos, Alfredo Domínguez Vela, puede leerse: “La Coordinación de Catastro de la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Carmen tiene como objeto verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia administrativa y fiscal municipal de las personas física y morales en su carácter de sujeto al impuesto predial, lo anterior de conformidad con los artículos 36 fracción VI, VIII y el artículo 58 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal”(sic).
Por lo tanto, añade, “se le hace una atenta invitación para que acuda a las oficinas de la coordinación de catastro, misma que se encuentra en la planta baja del palacio, municipal, ubicada en la calle 22 no.91, entre 33 de la Col. Centro de esta ciudad en horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M., para efecto de que se analice su caso y regularice su adeudo del impuesto predial”(sic).
Sin embargo, el Capítulo Primero, del Impuesto Predial, de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, en cuyo artículo 22 señala que: “Es objeto de este impuesto, según el caso, la propiedad, la copropiedad, el condominio, la posesión y el usufructo de predios, así como de las construcciones edificadas sobre los mismos. Igualmente será objeto del Impuesto Predial, la propiedad o posesión de bienes inmuebles del dominio público de la Federación, Estado y Municipios que por cualquier título las entidades paraestatales y personas físicas o morales se encuentren utilizando para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público”.
Asimismo, en la Sección Sexta, de las “Exenciones”, en el artículo 32 que señala que “Sólo los bienes del dominio público de la Federación, del Estado y municipios están exentos del pago del impuesto predial a excepción de aquellos bienes que por cualquier título se encuentren en posesión de entidades paraestatales o personas físicas y morales destinados a fines administrativos o propósito distinto a los de su objeto público”.
Por lo anterior, el cobro del impuesto predial que pretende realizar a las escuelas públicas el actual Gobierno Municipal sería ilegal al contradecir lo establecido en la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche.
Escuelas “fifí” de Rosas
Cabe destacar que este hecho causó la mofa de la ex legisladora, Aurora Ceh Reyna, quien a través su perfil de la red social “Facebook” publicó “jajaja impuesto predial a una escuela federal, cuando pague impuesto predial la escuela particular que está en Renovación, en Tila y próximamente en Reforma entonces que vayan a cobrarle al socio, en Av. Maestros Campechanos Col. Sascalum en San Francisco de Campeche”.
(Texto y fotos: Redacción POR ESTO!)