En los últimos años se ha incrementado la violencia contra la mujer, aunque las autoridades del Estado y Municipio tengan una cifra menor; esto se debe a la falta de interés de los servidores públicos para atender a las mujeres que sufren de maltrato en el seno familiar. La burocracia que existe en las dependencias como el Centro de Justicia para la Mujer ha sido el principal factor para que las afectadas no denuncien los caso de violencia, dijo Teida García Córdova, ex diputada local.
Señaló que las leyes son violentadas por las propias autoridades, pues no las aplican como debe de ser, no hay atención para las mujeres maltratadas y esto ha orillado a que la violencia pase a convertirse en feminicidio. En el Municipio de Carmen se han dado estos hechos por la nula intervención de las autoridades a una denuncia que se ha hecho a tiempo.
Lo contempla
el Código Penal
En el Artículo 224 del Código Penal del Estado de Campeche, en el capítulo III, se menciona que el que cometa el delito de violencia familiar se le impondrán de uno a cinco años de prisión, suspensión o pérdida de los derechos de familia y hereditarios y, a criterio de la autoridad jurisdiccional competente, la prohibición de acudir o residir en lugar determinado.
En ese mismo artículo dice que se entiende por violencia familiar la omisión o el acto de poder, recurrente, intencional y cíclico, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicológica o sexualmente a cualquier miembro de la familia que cohabite en el mismo domicilio, cónyuge, concubina o concubinario, pareja de hecho, por una relación de tutela o curatela, y que tenga por efecto causar daño en cualquiera de las clases señaladas en la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Campeche.
Autoridades, omisas
Apuntó que en este mismo artículo se expresa que se aplicará al victimario un tratamiento psicológico o psiquiátrico, y castigo con cárcel al agresor, pero desafortunadamente las autoridades de las representaciones sociales son los que violentan la Ley al negarle la orientación adecuada a la víctima o darle un trato despectivo, cuando esta se presenta a denunciar los hechos violentos a los cuales es sometida.
“En cuanto el Artículo 225, de este mismo Código, manifiesta que en cualquier momento el Ministerio Público podrá solicitar a la autoridad jurisdiccional la aplicación de medidas de protección para la víctima, conforme a la legislación correspondiente, y la autoridad jurisdiccional resolverá sin dilación; pero contradictoriamente a esto, la misma autoridad hace cuestionamientos de crueldad a las mujeres que lejos de darles algún apoyo moral las hacen sentir culpables de la violencia”, añadió.
Finalizó diciendo hace falta una capacitación profesional a esos servidores públicos, pues si se logran atender las denuncias de violencia familiar se pueden evitar a tiempo situaciones más complicadas, como feminicidios.
(Texto: Fernando Kantún / Fotos: Fernando Kantún / POR ESTO!)