La eliminación de la figura jurídica del feminicidio sería un retroceso no sólo hacia las víctimas y familiares que lucharon por incluir este concepto en el Código Penal, sino además el Estado mexicano no puede evadir su responsabilidad ante la recomendación emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos de garantizar una sociedad donde no se ejerza violencia hacia las mujeres, coincidieron abogadas y defensoras de derechos humanos.
En el panel “Eliminación del tipo penal de feminicidio: retrocesos legales” que organizó la Asociación Civil “Centro de Desarrollo e Investigación sobre Juventud”, en la Casa de la Cultura Jurídica, las ponentes concordaron en que el Estado Mexicano debe garantizar una sociedad libre de violencia y no está cumpliendo, aunado a las acciones de eliminar conceptos jurídicos para configurar el feminicidio.
Cuestionaron el desempeño de los ministerios públicos en las investigaciones y en las aportaciones de pruebas para condenar a quienes incurren en asesinatos de mujeres.
Natalia Paola Punab de la O, fue la primera activista y abogada que cuestionó el actuar de los ministerios públicos que argumentan que es difícil la clasificación de la figura jurídica de feminicidio, aunque consideró que es algo subjetivo pero también porque no aplican la perspectiva de género.
Planteó que el aspecto político cobra relevancia, ya que el Plan de Acción en Seguridad Pública que presentan los gobiernos revelan aumento en índices de violencia.
Resaltó que la figura del feminicidio se logró luego de las presiones de familias y madres de mujeres asesinadas en Ciudad Juárez, Chihuahua, la firma de México en 1994 del Convenio Internacional para erradicación de la violencia contra la mujer y la recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Esto permitió que en los años posteriores se logrará la inclusión de la figura jurídica del feminicidio; sin embargo que pese a contarlo en el Código Penal, si los ministerios públicos lo clasifican de otra manera, como en un caso de tentativa de feminicidio, el presunto responsable con el sistema de justicia penal, puede seguir en libertad pese a tener una sentencia condenatoria.
Ello, consideraron una burla para la víctima e incluso puede ser hasta para la misma autoridad.
En cambio Aída Estela Sánchez Canto, asesora jurídica y defensora de derechos humanos, aseguró que no sólo es un retroceso que se elimine está figura jurídica sino ya se tienen estos aspectos cuando en las reformas recientes a esta normatividad se quita el elemento de configurar el delito cuando hay una relación de pareja o de superioridad o de exhibición del cuerpo femenino.
Añadió que Campeche fue el octavo Estado en incluir la figura de feminicidio en octubre de 2010 y una reforma en 2011, pero los diputados no incluyeron el tiempo de penalidad para quién cometa este delito.
Calificó de alarmante que no se considerarán las observaciones en 2014 de la iniciativa presentada por el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio, que se quedó en la congeladora de la Cámara de Diputados.
Se refirió también al caso de tentativa de feminicidio, que hizo su antecesora y afirmó que la resolución demuestra que la agresión por ser mujer es algo que aún pasa y que no debe suceder, por lo que eliminar la figura sería quitar el reconocimiento a la lucha de años de las madres y de los familiares.
Por último Guadalupe Cansino Sandoval calificó el planteamiento del Fiscal General de la República, Alejandro Gertz como algo repugnante, ante todo lo que se ha tenido que pasar para lograr dicho reconocimiento, por lo que el Estado Mexicano debe garantizar la justicia a las mujeres.
(Wilbert Casanova Villamonte)