Campeche

Ordenan a INIFEEC ser transparente

La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche (COTAIPEC), ordenó al Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Campeche (INIFEEC), dar cumplimiento a la Ley de Transparencia Estatal.

En sesión del pleno, José Echavarría Trejo, Rosa F. Segovia Linares y Manuel R. Osorno Magaña, presidente y comisionados, respectivamente, resolvieron dos denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia, tres recursos de revisión y aprobaron un acuerdo.

También se sobreseyeron dos denuncias interpuestas en contra de la Oficina del Gobernador, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social; donde el pleno consideró infundada la segunda y última denuncia, debido a que mediante la verificación realizada al Sistema de Portales de Transparencia (SIPOT) constató que la información sí se encuentra publicada con una periodicidad anual.

Respecto del periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019, en el caso específico de la información a que se refiere el programa anual de comunicación social, permitiendo la consulta sobre la contratación de servicios de publicidad es la correspondiente a los cuatros trimestres del ejercicio 2019.

Asimismo, en cuanto al primer recurso de revisión interpuesto en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado relacionada con plazas y remuneraciones de sus servidores públicos de base y confianza, datos relativos a practicantes o aprendices que le prestan servicios, así como el Manual de Remuneraciones de sus trabajadores y el Contrato Colectivo de Trabajo vigente, la Comisión resolvió sobreseer dicho recurso debido a que el sujeto obligado modificó y otorgó, mediante una segunda resolución administrativa, la información solicitada.

El pleno aprobó por unanimidad el resolutivo de declarar el sobreseimiento del mismo debido a que el sujeto obligado recurrido emitió una segunda respuesta, con apego a las funciones y atribuciones que lo norman, modificando así el acto que motivó la inconformidad de la parte recurrente.

Respecto a la resolución del tercer y cuarto recurso de revisión interpuestos en contra de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, al cual se le requirió información relacionada a nueve obras de pavimentación y mantenimiento de tramos específicos de la calles 21 (prolongación) y 20, ambas ubicadas en la localidad de Chiná, la COTAIPEC aprobó por unanimidad la omisión cometida inicialmente por el sujeto obligado.

Por último, el pleno del órgano garante aprobó, mediante acuerdo, el informe de adecuaciones presupuestales realizadas y del presupuesto ejercido de la comisión durante el cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2019.

(Karina Gómez)