Durante la décima sesión ordinaria del Congreso Local, los diputados presentes en el recinto legislativo, aprobaron por dos votos en contra y 29 votos a favor la reforma a los artículos artículo 437, así como la adición de un párrafo a la fracción III del artículo 458 del Código Civil del Estado de Campeche.
La llamada Ley anti-chancla prohíbe a los padres o madres de familia, o en su caso a los tutores legales de los infantes, aplicar castigos corporales a sus tutelados.
En el análisis que hizo la comisión de procuración e impartición de justicia, consideró conveniente realizar adecuaciones de redacción y estilo jurídico al proyecto de decreto original, con el propósito de considerar que el concepto de violencia familiar que se incorpora al Código Civil.
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“Queda prohibido que la madre, el padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad o custodia, utilice el castigo corporal o humillante como forma de corrección o disciplina en niñas, niños y adolescentes, debiéndose garantizar una vida libre de toda forma de violencia”, señala el artículo.
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AA