Durante la décimo séptima sesión ordinaria del Congreso local, fue presentada una iniciativa para adicionar el Capítulo III Bis denominado “terapias de conversión”, integrado por los artículos 263 Bis y 263 Ter, al Título Décimo denominado “Delitos Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad”, del Código Penal del Estado, con lo cual, el poder legislativo prevé imponer de dos a cinco años de prisión y multa de cincuenta a trescientas Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
Esto debido, a que a uno de los principios humanos que deben de prevalecer es el libre desarrollo de la personalidad, la salud, la integridad física, psíquica y moral, así como, el derecho a la igualdad jurídica, ya que ninguna orientación sexual puede tener el enfoque de una enfermedad patológica que deba ser tratada a través de consultas psiquiátricas o psicológicas.
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Además, el coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Ricardo Medina Farfán, promovió un recurso de reclamación en contra del acuerdo tomado por la Mesa Directiva en la iniciativa para reformar el artículo 51 de la Ley de Asistencia Social, la fracción I del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Carmen, debido a que la iniciativa podría realizar cambios en los perfiles de las personas que encabezarán instituciones y afectarán el ejercicio de responsabilidades de dichas instituciones, sin embargo, esta fue rechazada por mayoriteo de votos morenistas.
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JG