Por espacio de 30 minutos se vio interrumpido el tráfico vehicular en el Puente Zacatal, la mañana de este martes, debido a que el personal de cobro retuvo a dos ambulancias de la Cruz Roja y exigían a los socorristas que cubrieran la cuota.
Cabe mencionar que los paramédicos fueron a atender una volcadura que se registró a las 11:00 horas aproximadamente a la altura del Faro Xicalango, a quienes exigían el pago del cruce del viaducto.
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Hay que mencionar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Caminos, Puentes y Transporte Federal que se suscribió en 2016, determina que las unidades de emergencia como son las ambulancias y unidades de rescate, también las unidades de las dependencias de salud, así como bomberos y todas las unidades de seguridad como policía municipal y estatal así como de la Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina y Guardia Nacional quedan exentas de dicho pago por considerarse Vehículos de Servicio Comunitario.
El personal de las dos unidades de la Cruz Roja Mexicana acudieron a socorrer a dos personas que sufrieron un accidente automovilístico cerca del faro Xicalango, sobre la carretera federal 180; sin embargo, Víctor Manuel Valerio Parra, administrador de esas instalaciones (caseta de cobro) exigía que la ambulancia y la unidad de rescate pagaran los 93 pesos de peaje, contraviniendo la Ley de Caminos, Puentes y Transporte Federal que exime a estas unidades de dicho cobro.
De igual modo el dictamen “Lineamientos para la Identificación de Vehículos que No Pagan Peaje” del Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin), establece que se dará paso libre a los Vehículos de Servicio Comunitario sin restricciones de horario ni fecha, ni tampoco se pondrá límites a las veces que se use, en este caso el puente Zacatal, las vías federales de acuerdo con las reglas para la atención de emergencias.
Las dos unidades de la Cruz Roja fueron retenidas por 30 minutos, hecho que contraviene a la ley ya mencionada, pero que también representa un secuestro de los elementos, que se define como la afectación a la libertad de movimiento del sujeto por ese encierro y privación, queda impedida de trasladarse o de ir de un lugar a otro, por lo que será a consideración de las autoridades de la Cruz Roja si realizan algún procedimiento legal.
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JG