Campeche

Más de 286 mil alumnos en Campeche disfrutarán de puente por Revolución Mexicana

Más de 286 mil alumnos y profesores en Campeche se ausentarán de las aulas el 18 de noviembre por el segundo puente escolar del ciclo 2024-2025, conmemorando la Revolución Mexicana.
Más de 286 mil alumnos y profesores en Campeche se ausentarán de las aulas a partir de este viernes por el segundo ‘puente’ del Ciclo Escolar 2024-2025 / Lucio Blanco

Con motivo de la conmemoración de la Revolución Mexicana, el próximo 20 de noviembre, más de 286 mil alumnos de todos los niveles educativos, así como profesores y directivos de todas las escuelas en Campeche, se ausentarán de las aulas a partir de este viernes para disfrutar del segundo ‘puente’ del Ciclo Escolar 2024-2025.

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De acuerdo con el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP), este lunes 18 de noviembre no habrá clases ni labores educativas, al tratarse de un día festivo, siendo el segundo periodo de asueto oficial, luego de la conmemoración del Día de la Independencia de México el pasado 16 de septiembre.

Y es que, aunque no era obligatorio, el Gobierno del Estado autorizó un ‘puente’ escolar por la celebración del Día de Muertos, el cual inició el jueves 31 de octubre y las escuelas reanudaron sus actividades el lunes 4 de este mes.

El lunes 18 de noviembre no habrá clases ni labores educativas por ser un día festivo, conmemorando la Revolución Mexicana. / Lucio Blanco

Por ser lunes y el día más cercano al 20 de noviembre, el 18 se estableció como uno de los días festivos, tanto en el calendario escolar como en la Ley Federal del Trabajo, por lo que miles de estudiantes y maestros dejarán los colegios de toda la geografía estatal para gozar de estos días de descanso, retornando a sus actividades el martes 19 de noviembre.

Asimismo, las y los trabajadores de instituciones gubernamentales y/o bancarias, y algunos del sector privado, también disfrutarán del día de descanso el próximo lunes, estando reconocido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como una de las fechas de descanso obligatorio, reintegrándose a sus labores hasta el martes.

El 18 de noviembre es un día festivo tanto en el calendario escolar como en la Ley Federal del Trabajo. / Lucio Blanco

No obstante, en caso de que la o el trabajador acuda a laborar, la misma legislación señala que deberá recibir un pago extra, pues la norma especifica que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus días de descanso, lo que se refiere también a los días festivos.

En ese sentido, si el patrón decide suspender al trabajador el descanso ordenado por la LFT, haciéndolo trabajar ese día, deberá pagarle, independientemente del salario que le corresponde, un salario doble por el servicio prestado.

JGH