Campeche

Campeche es la Entidad 25 en despenalizar el aborto; confirma Presidenta de la Codhecam

Con la despenalización se busca eliminar cualquier sanción o revictimización de la que pueda hacerse acreedora una mujer.
Se ha eliminado el aborto como una conducta tipificada en el Código Penal Local / Lucio Blanco

La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche (Codhecam) Ligia Nicthe-Ha Rodríguez Mejía confirmó que ahora Campeche es la Entidad 25 que ha eliminado el aborto como una conducta tipificada en el Código Penal Local, así como agrava a quien fuerce a una mujer a interrumpir su embarazo.

La ombudsperson estatal indicó que como tal no se trata de la emisión de una nueva normativa que defina como proceder en casos de aborto, sino de eliminar la figura tipificada como una conducta delictiva, y con ello eliminar cualquier sanción o revictimización de la que pueda hacerse acreedora una mujer.

Las sanciones anteriores condenaban a 24 a 72 jornadas de trabajo a favor de la comunidad a mujeres que voluntariamente practique su aborto antes de las 12 semanas de embarazo

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Expuso que a nivel nacional hay dos Estados en todo el país que afrontan un proceso legal debido a la omisión de acatar el dictamen de la SCJN estos son Yucatán y Morelos, por lo que están a la espera de los resolutivos correspondientes para hacer los ajustes normativos.

Refirió que la Codhecam cuenta con las facultades para promover cualquier propuesta de ley o en su caso reformas o adiciones a las normativas ya existentes, por lo que, en el caso de lo que fue presentado en el Estado solamente es una homologación al mandato federal.

Explicó que la reforma que presentaron versa en los artículos 155, 157, 158 y 159 del Código Penal del Estado de Campeche para eliminar la figura del aborto en caso de que este sea decidido por la mujer gestante, pero aumentan las penas en el caso de la persona que provoque el aborto a una mujer contra su voluntad.

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Lo anterior, debido a que el Congreso del Estado en sesión privada avaló la interrupción voluntaria del embarazo antes de las 12 semanas como lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su Acción de Inconstitucionalidad 148/17 donde se estableció que las mujeres tienen su derecho a decidir sobre continuar con su gestación, la salud, al libre desarrollo de su personalidad y a la dignidad humana.

Rodríguez Mejía confirmó que la no criminalización de la mujer es un derecho y un mandato judicial que debe acatarse en todo el país, por lo que la interrupción segura y legal es un asunto de Estado que tiene que garantizar la protección a la salud pública, cuidado de las mujeres y personas gestantes.