La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche (Codhecam), Ligia Rodríguez Mejía confirmó que todas las carpetas de investigación iniciadas por el entonces tipificado como delito de aborto, quedarán sin efecto ante la reforma planteada en lo local y federal.
Refirió que desde que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió su acción de inconstitucionalidad solicitaron audiencia con autoridades de la Fiscalía General del Estado de Campeche (Fgecam) para que den a conocer cuántas carpetas de investigación hay por mujeres que incurrieron en el aborto.
Tan solo en los últimos 10 años en Campeche han sido iniciadas 14 carpetas de investigación en relación a mujeres que incurrieron en el mencionado delito, confirmó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
En el desglose por años, en 2015 solo hubo una carpeta de investigación, situación que fue replicada en 2016; para el 2017 fueron dos investigaciones; en 2018 y 2021 una denuncia en cada año; la cifra más alta fue en 2022 con cinco carpetas de investigación, y en 2023, tres carpetas de investigación; en 2019, 2020 y 2024 fueron registradas querellas.
Rodríguez Mejía afirmó que todas las denuncias quedaron sin efecto, por lo que el Ministerio Público debió dictaminar el no ejercicio de la acción penal, y las mujeres podrán tomar la decisión de si están o no de acuerdo con continuar con su embarazo, así como garantizar su desarrollo de la libre personalidad.
Lo anterior, debido a que el Congreso del Estado en sesión privada avaló la interrupción voluntaria del embarazo antes de las 12 semanas como lo determinó la SCJN en su Acción de Inconstitucionalidad 148/17 donde se estableció que las mujeres tienen su derecho a decidir sobre continuar con su gestación, la salud, al libre desarrollo de su personalidad y a la dignidad humana.
Ya entró en vigor
El Periódico Oficial del Estado de Campeche (POF) a través de su segunda sección de la Cuarta Época del año “X”, en su número 2361, confirmó que ya está publicado el proyecto de reforma para la derogación de las sanciones hacia las mujeres que han incurrido en la práctica del aborto en años previos a esta aprobación.
Entre las reformas destaca el artículo 155 que establece que a toda persona que obligue a abortar a una mujer o persona con capacidad de gestar en cualquier momento del embarazo, por cualquier medio, se le impondrán de cinco a ocho años de prisión.
En el segundo artículo transitorio, también se establece que quedan derogadas, lo que implica que estarán sin efecto otras disposiciones que contravengan al decreto y a las reformas realizadas hacia el Código Penal del Estado de Campeche en materia de interrupción del embarazo.
JY