El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con el que se establecen multas contra las personas que prohíban el acceso a las playas privadas del país.
El decreto adicionó un párrafo al artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacional con el que se establece que “el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”.
Este decreto menciona que entrará en vigor un día después de su publicación, por lo que se hará efectivo a partir de este jueves.
Las sanciones para quienes impidan el paso a las playas privadas van de 3 mil a 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, equivalentes a 260 mil 640 a un millón 42 mil 560 pesos.
Estas multas serán aplicadas a propietarios de terrenos colindantes y a los titulares de concesiones, permisos u autorizaciones.
También se realizó una modificación al artículo 127, que señala que en caso de que no haya vías públicas o accesos a las playas, los propietarios de estos espacios deberán brindar el acceso a las mismas, con base en acuerdos con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
En el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional corresponde originalmente a la Nación, sin embargo menciona que la federación podrá transmitir el dominio de estas a los particulares en beneficio de la población.
Por Redacción PorEsto! RM