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Servidores públicos vacunados regresarán a sus oficinas el 1 de agosto

La Función Pública indica que el acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de agosto y su vigencia será indefinida hasta tanto, se emita el acuerdo de conclusión de sus efectos.
El trabajo en casa podrá seguir en aquellos funcionarios que todavía están a la espera de concluir su proceso de vacunación
El trabajo en casa podrá seguir en aquellos funcionarios que todavía están a la espera de concluir su proceso de vacunación / Especial

La Secretaría de la Función Pública (SFP) informó que, a partir del 1 de agosto, los trabajadores del gobierno federal que hayan sido vacunados contra el COVID-19 podrán regresar a trabajar a sus oficinas.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial (DOF), el trabajo en casa podrá seguir en aquellos funcionarios que todavía están a la espera de concluir su proceso de vacunación , así como para trabajadores con discapacidad, mujeres embarazadas o en lactancia, así como los que tienen alguna enfermedad crónica.

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La publicación señala que los titulares de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de las Universidades de Administración Pública Federal, podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas el regreso de las labores presenciales en las instalaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

“El trabajo a distancia –en aquellos casos en los que sea posible y no se altere el debido cumplimiento de sus funciones- a las personas servidoras públicas que están en la lista de espera para concluir su proceso de inmunización; así como aquellas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como la obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, infección por VIH y cáncer en tratamiento”, detalla el documento.

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Asimismo, quedan exceptuados de la aplicación del acuerdo de las Secretarías de Defensa Nacional (Sedena), Marina (Semar), Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la Guardia Nacional (GN), las instancias de Seguridad Nacional y Seguridad Pública, el personal del Servicio Exterior Mexicano, y demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de protección civil y las que se determine que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, y todas aquellas que determine el Presidente del país o el Consejo de Salubridad General.

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La Función Pública indica que el acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de agosto y su vigencia será indefinida hasta tanto, se emita el acuerdo de conclusión de sus efectos.

 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625339&fecha=30/07/2021

IG

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