Después de la pandemia por coronavirus, varias empresas optaron por continuar con sus labores, por lo que para evitar parar la actividad, el trabajo se trasladó a cada uno de los hogares, entre ellos los de oficina y no vitales, creando una nueva forma que ya existía, pero que algunas empresas ya no regresaron a la normalidad, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social lanzó la Norma Oficial Mexicana 037.
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Esta ley de home office está publicada en el Diario Oficial de la Federación, por lo que ya entró en vigor y así como el empleado debe cumplir con sus responsabilidades, también el patrón debe cumplir una serie de normas, a continuación de las en listamos.
Obligaciones del patrón con el empleado
- Otorgar silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades a desarrollar: es imprescindible que la silla permita adoptar posturas adecuadas
- Parte proporcional del pago de electricidad e Internet
- Computadora y cualquier herramienta que sea indispensable para realizar sus actividades: redes, software, dispositivos, mismos que el trabajador deberá resguardar y conservar en buen estado
- Derecho a la desconexión al concluir la jornada laboral, incluso de los dispositivos móviles: establezca la duración del horario de labores pactado, siempre que no excedan los máximos legales y contractuales, incluyendo el derecho a las pausas para descanso y a la desconexión en los horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias
- Obligación de los trabajadores para contar con un lugar seguro: ventilado, con la luz adecuada, lejos de posibles riesgos
- Se tienen los mismos derechos que los demás trabajadores
Obligaciones de los empleados con la empresa
- Cumplir con la Política de Teletrabajo
- Resguardar y conservar en buen estado los equipos proporcionados
- Observar las disposiciones en materia de seguridad
- Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo
- Avisar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene de los riesgos de trabajo que sufra
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LG