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México prohíbe y sanciona terapias de conversión y publica la reforma en el DOF

En el Diario Oficial de la Federación se publicaron los detalles de la nueva reforma legal que sanciona las terapias de conversión con penas de prisión y multas
El Diario Oficial de la Federación publicó una reforma crucial que prohíbe y sanciona las terapias de conversión en México / Especial

El pasado 7 de junio, en su edición vespertina, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó una reforma crucial que prohíbe y sanciona las terapias de conversión en México.

Esta legislación, que entra en vigor inmediatamente, establece severas sanciones para quienes practiquen estas intervenciones dañinas y discriminatorias.

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Nueva legislación castigará a quienes realicen terapias de conversión

La reforma busca salvaguardar el libre desarrollo de la personalidad de todas las personas, garantizando que su orientación sexual, identidad o expresión de género no sean obstaculizadas, restringidas o suprimidas.

Este nuevo marco legal es un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la eliminación de prácticas coercitivas y discriminatorias.

Proceso legislativo

La legislación, que estuvo en pausa durante dos años en el Congreso, fue finalmente aprobada por la Cámara de Diputados el 23 de marzo, con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones.

Anteriormente, en octubre de 2022, había recibido la aprobación del Senado.

Sanciones establecidas

De acuerdo con la nueva ley, las sanciones para quienes realicen terapias de conversión incluyen:

  • Prisión: De dos a seis años.
  • Multa: De mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Estas penas se duplicarán si las víctimas son menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

Además, si los infractores son padres, madres o tutores, podrían enfrentarse a sanciones de amonestación o apercibimiento según la consideración del juez.

Circunstancias agravantes

Las sanciones también aumentarán al doble si el perpetrador mantiene una relación laboral, docente, doméstica, médica u otra relación de subordinación con la víctima.

El uso de violencia física, psicológica o moral, así como el abuso de una función pública para cometer el delito, también serán considerados agravantes.

Inicio de investigaciones

Para iniciar una investigación sobre estas prácticas, bastará con la presentación de una denuncia.

Este enfoque facilita el acceso a la justicia para las víctimas y asegura que se tomen medidas rápidas contra los perpetradores.

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