Por Gabriel E. Manzanilla
CHETUMAL, 1 de noviembre.- Este viernes 1 de noviembre, arrancó el Programa Paisano del periodo de invierno, que como parte de sus beneficios amplia la franquicia de importación vía terrestre a 500 dólares estadounidenses, que equivalen a unos 10 mil pesos en moneda mexicana.
El Programa Paisano permanecerá vigente hasta el 8 de enero de 2019, y el beneficio de la franquicia de 500 dólares aplicará para todo pasajero de nacionalidad mexicana proveniente del extranjero que ingrese al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza.
Para aquellos que residan en la franja o región fronteriza, como es el caso de Quintana Roo, se mantiene una franquicia de 300 dólares, que en moneda mexicana equivalen a unos 6 mil pesos.
El permiso de importación será efectivo en todas las aduanas del país, incluyendo los dos cruces fronterizos que hay en la aduana quintanarroense de Subteniente López, por lo que los agentes de comercio exterior del Servicio de Administración Tributaria (SAT), mejor conocidos como agentes de aduana, deberán respetar en todo momento esta franquicia.
Existen ciertas restricciones en cuanto a la mercancía permitida, por lo que se recomienda al amable lector informarse previamente en la aduana para conocer las condiciones y limitantes que tiene el permiso de importación vía terrestre.
La franquicia o permiso de importación es totalmente adicional al equipaje personal, y con ella se permite la introducción de mercancía sin el pago de impuestos, por lo que toda irregularidad o no, respecto de la misma, debe ser denunciada inmediatamente al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si residen en la franja o región fronteriza.
De igual manera, se puede demostrar el valor de las mercancías con facturas o comprobantes de venta, pero en caso de no contar con éstos, el personal de la aduana podrá determinar el valor de cada artículo.
Además, con este permiso no se permite la introducción de bebidas alcohólicas ni tabacos labrados, así como tampoco combustible automotriz, salvo el que contenga el tanque del vehículo en el que viajan.
Sin embargo, como parte del equipaje personal para los pasajeros mayores de 18 años, se permite un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y 6 litros de vino.
Los pasajeros pueden importar, sin el pago de impuestos, hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, tales como gatos, perros, canarios, hámsteres, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la Sagarpa; en caso de tratarse de animales de vida silvestre deben presentar el Registro de Verificación expedido por la Profepa, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.