De la Redacción
CHETUMAL, 11 de febrero.- Luego de que un juez federal ordenara la separación de cargo y consignación penal de las personas físicas que fungen como titulares de los Servicios Educativos de la Secretaría de Educación Pública; de la Coordinación del Servicio Profesional Docente; del Departamento de Procedimientos Jurídicos-Administrativos del Organismo Descentralizado “Los Servicios Educativos de Quintana Roo”, y la Consejera Presidenta de la Junta de Gobierno del Instituto para la Valuación de la Educación, hoy fue destituido el director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación de Quintana Roo (SEQ), Enrique Miguel Paniagua.
En la cuenta de Twitter EducaciónQR, la secretaria de Educación, Ana Vásquez Jiménez, por instrucciones del gobernador Carlos Joaquín González, dio posesión a Roberto Argüelles González como director de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Educación de Quintana Roo.
El Twitter fue la única plataforma que utilizó la titular de la Secretaría de Educación de Quintana Roo para anunciar el cambio en la Dirección de Asuntos Jurídicos de la SEQ, y ya no hubo más comentarios al respecto.
Sin embargo, por la tarde se confirmó que, efectivamente, la titular de la SEQ, Ana Isabel Vásquez Jiménez, por instrucciones del gobernador Carlos Joaquín, dio posesión a Roberto Argüelles González como director de Asuntos Jurídicos, en sustitución de Enrique Miguel Paniagua Lara.
Un juez federal falló a favor de los maestros despedidos y ordenó la destitución de las personas físicas que fungen como titulares de los Servicios Educativos de la Secretaría de Educación Pública, por inejecución en el juicio de amparo indirecto 144/2016, promovido por los docentes separados del servicio en la administración gubernamental pasada.
En la sentencia del Juicio de Amparo Indirecto 144/2016 y con fecha 29 de enero de 2019, el secretario da cuenta al juez sobre el estado procesal que guardan los autos, así como de los oficios y anexo con que se acompaña, registrados con los folios 907 y 906.
Según el secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún, Quintana Roo, en sesión del 17 de enero de 2019, en el recurso de inconformidad 29/2018 e incidente de inejecución de sentencia 24/2018 se determinó: “Se declara sin materia el recurso de inconformidad”.
Asimismo, con respecto al segundo recurso: Primero.- Es procedente y fundado el presente en el incidente de inejecución de sentencia.
Segundo.- Se declara que existe inejecución de la sentencia ejecutoriada que concedió el amparo a Gaspar Fernando Balam Reyes, María Magdalena Cervera Tapia, Elsy Guadalupe Sosa Argáez, Blanco Selenme Andrade Jiménez y Rafael Vidal Cuevas Colorado, dictada en el juicio de amparo indirecto 144/2016, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Chetumal.
Tercero.- Remítase el dictamen de separación de cargo y consignación penal de las personas físicas que fungen como titulares de los Servicios Educativos de la Secretaría de Educación Pública, de la coordinación de Servicios Profesional Docente y del Departamento de Procedimientos Jurídicos-Administrativos del Organismo Descentralizado “Los Servicios Educativos de Quintana Roo”, y Consejera Presidenta de la Junta de Gobierno del Instituto para la Valuación de la Educación, todos del estado de Quintana Roo.
Cuarto.- También se deben remitir, anexo al dictamen los presentes autos al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para los efectos que contrae el artículo 193, penúltimo párrafo de la Ley de Amparo.
Por otra parte, mediante acuerdo de 23 de enero de 2019, se tuvo a las autoridades responsables: Director de Asuntos Jurídicos de los Servicios Educativos del Estado de Quintana Roo, por sí y en representación del titular, notificadoras y coordinador general, todos de los Servicios Educativos del Estado de Quintana Roo, en vía de cumplimiento, en virtud de que por oficio SEFIPLAN/SSPHCP/DCPSP/DSPSPA/05/25/XII/2018, la Secretaría de Finanzas y Planeación informó que autorizó la ampliación presupuestal para pagar los salarios a los quejosos y cumplir con la ejecutora de amparo.
Sin embargo, la sentencia del juez federal se cumple a medias, porque solamente ha sido cesado el Director de Asuntos Jurídicos de la SEQ.