Quintana Roo

Por Olivia Vázquez

 

Tajamar Cancún, Lomas de Vista Hermosa y Puerto Cancún quedaron integradas dentro del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Benito Juárez como zonas especiales, regidas por un plan parcial que les marcará su desarrollo y crecimiento.

Dentro del PDU publicado recientemente en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, estas zonas quedaron como zonas especiales con una zonificación con claves únicas que tienen contemplado un desarrollo para integrarse a la mancha urbana de este destino.

En el caso de Puerto Cancún, es el polígono en desarrollo más avanzado que va tomando forma, mientras que en el caso de Tajamar Cancún, la zona autorizada con densidad y aprovechamiento de uso de suelo se mantiene cerrada por procesos jurídicos no resueltos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En Malecón Tajamar (antes Malecón Cancún, según Programa Parcial publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo) se refiere una superficie de 282.08 has, con un Polígono conformado por las supermanzanas 04-A, 04-B, 06, 08, 08-A, 09, 10 y está delimitado al norte-noreste con el Área Natural Protegida Laguna Nichupté, Parque Cancún, al sur-suroeste, con el polígono de actuación Corredor Cancún y Aeropuerto, así como el centro de población de la ciudad de Cancún y al oeste, con el polígono de actuación Zona Centro.

En esta delimitación que permite su desarrollo urbano en la zona, que lleva más de tres años cerrada por proceso jurídicos enfrentados entre el Fonatur, los inversionistas y un grupo ambientalista, se indica que la supermanzana 6, Tajamar, podrá tener vivienda habitacional, multifamiliares, conjuntos habitacionales especiales, hoteles, comercios, cines discotecas, restaurantes y demás con dos y hasta 20 niveles (en las zonas colindantes con principales vialidades), así como otorga usos relativos al alojamiento donde se aplicará una densidad equivalente de 1 cuarto de alojamiento por vivienda, a partir de lo indicado en el Programa Parcial de Desarrollo Urbano del Malecón Cancún publicado el 7 de septiembre del 2006, que contempla para la zona una densidad bruta de 40 viviendas por hectárea (100 cuartos por hectárea).

En la zona también se delimita el uso a espacios comerciales, marítimos, templos, comercio especial y demás servicios donde se refieren alturas de uno a ocho niveles, en desarrollos que tienen delimitados sus coeficientes de ocupación de suelo y uso de suelo que pueden ir del 20% y hasta el 70% del aprovechamiento del predio.

Para la zona de Lomas de Vista Hermosa, el desarrollo que se está dando ahora y que también comercializó el Fonatur, ubicado en la Supermanzana 10-A, se refiere que la unidad de equivalencia para los diferentes usos de suelo será de dos cuartos turísticos hoteleros, o igual a una vivienda turística residencial.

Sólo en los lotes 9 y 11 de la manzana 12 se considera una capacidad máxima de 6 viviendas por lote.

Para Puerto Cancún, Polígono delimitado al este por el mar Caribe, al sur por el bulevar Kukulkán, al oeste por Av. Bonampak y al norte con Av. Chichén Itzá, los usos de suelo, densidades y restricciones se establecen en tres secciones.