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Quintana Roo

De la Redacción

 

Será el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Quintana Roo quien determine el proceso de investigación en contra del juez de Control, señalado de haber determinado como ilegal la detención y por ende, ordenado la liberación de las dos personas involucradas en un intento de homicidio en la construcción de un hotel en Isla Blanca y para ello “la visitaduría judicial deberá emitir un informe a los jueces internos y estos a su vez, someterlo al pleno general para que emita el resolutivo correspondiente”.

Lo anterior, fue externado por miembros del Tribunal Superior de Justicia del Estado, consultados al respecto, indicando que ya se inició el proceso de investigación correspondiente en contra del mencionado juez de Control, Shelling Kierkegard Novelo Yeh, del Juzgado del Sistema Penal Acusatorio.

“Ya se emitió el oficio de investigación y para eso el área de la visitaduría tendrá que hacer una indagación al respecto, presentar un reporte de los hechos y posiblemente sea la juez interna la que proponga el dictamen correspondiente como lo establece la misma Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo”, se informó.

Cabe mencionar que dentro dicha ley, en el artículo 6º se establece que el Poder Judicial del Estado se deposita en Tribunal Superior de Justicia; en los Juzgados de Primera Instancia; los Juzgados de Paz y el Consejo de la Judicatura del Estado.

En ese sentido, en la Sección Cuarta de las atribuciones de carácter judicial del Tribunal Pleno, se indica en el artículo 22 que el Tribunal Pleno tiene facultades exclusivas, entre otros asuntos, de ordenar por conducto del presidente del Tribunal que se dé vista al Ministerio Público de la responsabilidad oficial en que presuntamente hayan incurrido los servidores públicos; así como conceder autorización para la aprehensión de los magistrados y jueces del Poder Judicial por los delitos que cometan; e incluso, decidir sobre los conflictos competenciales que se susciten entre los órganos del Poder Judicial.

En tanto que dentro del apartado de la organización administrativa del Poder Judicial, en el capítulo I, dentro del artículo 87 se menciona que el Consejo de la Judicatura del Estado es el órgano del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo, que ejercerá su administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial, conforme a las bases establecidas en la Constitución Política del Estado.

Cabe decir que el Consejo de la Judicatura del Estado se encuentra integrado por cinco miembros, en los términos del artículo 110 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

Dicho Consejo de la Judicatura del Estado, según el artículo 89, funcionará en pleno o a través de comisiones. El Pleno se integrará con los cinco consejeros pero bastará la presencia de cuatro de ellos para funcionar.

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