De la Redacción
PLAYA DEL CARMEN, SOLIDARIDAD, 19 de abril.- Con la finalidad de emprender las acciones conducentes para apoyar a la economía de las familias mexicanas, durante el período que se mantenga vigente la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), la Comisión Federal de Electricidad no considerará el consumo de energía eléctrica realizado por los usuarios del servicio doméstico para efectos de la determinación del consumo promedio mensual que se utiliza para definir los límites de alto consumo que actualizan la reclasificación a la Tarifa DAC, así como permitir la permanencia de dichos usuarios en una tarifa de bajo consumo (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F).
Personal de la CFE aclaró que este beneficio, con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus, publicado el pasado viernes en el Diario Oficial de la Federación, es para los usuarios que no estén en la Tarifa DAC (Tarifa Doméstica de Alto Consumo) la cual tiene un precio de 4.16 pesos el kilowatts-hora y se aplica cuando el consumo mensual promedio es superior al Límite de Alto Consumo definido, en el caso del municipio de Solidaridad son 400 kilowatts-hora al mes, ya que la CFE aplica la tarifa 1B.
El resguardo domiciliario, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, como medida para mitigar la dispersión y transmisión de la pandemia recomendada por la Secretaría de Salud, está provocando que la población se mantenga dentro de su domicilio, lo que generará modificaciones en el patrón de consumo de los usuarios domésticos, mediante un incremento en el consumo de energía eléctrica; lo que puede traer como consecuencia para ciertos grupos de usuarios que el consumo mensual promedio exceda el Límite de Alto Consumo definido en la Tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC), Servicio Doméstico de Alto Consumo, lo que provocaría la reclasificación a dicha tarifa con el consecuente incremento en su facturación.
Durante el período comprendido del 30 de marzo de 2020 y hasta los 7 días naturales posteriores contados a partir del día natural siguiente a aquel en el que concluya la vigencia del “Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2020 o, en su caso, hasta 7 días naturales posteriores a que la autoridad competente dé por terminada la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2, no serán considerados los consumos de energía eléctrica realizados por los usuarios domésticos en el consumo mensual promedio, de la Tarifa DAC, Servicio Doméstico de Alto Consumo.