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Debido a que la pandemia se trata de una contingencia sanitaria que está afectando a todos, al menos unos seis mil trabajadores de la industria petrolera, tanto de población vulnerable como jóvenes activos en sus labores, pertenecientes a la sección 47 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) de todo el país, podrían ampararse contra Petróleos Mexicanos (PEMEX) mediante la cláusula 43 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), comunicó Ernesto Cavazos Soto, trabajador petrolero de la plataforma Akal-Charly.

“En el grupo que represento tengo a seis trabajadores petroleros a quienes les estoy tramitando un amparo, pero desconozco el número de personas que tienen las otras agrupaciones como el de Jorge Ríos; debemos realizar los trámites para proceder a favor de los plataformeros y no sean desechados”, señaló.

Indicó que los trámites que realiza ante el juez están fundamentados con el artículo 22 Constitucional, además de que presentan pruebas con una tercería médica en donde se manifiesta que son hipertensos u obesos.

Agregó que de allí Petróleos Mexicanos (PEMEX) se defenderá y el juez tendrá que solicitar a la petrolera el expediente médico de cada persona para que se den cuenta del medicamento y control que llevan los trabajadores vulnerables y que demuestra que si están enfermos, pero si no se integra la tercería médica no funcionará.

“A los trabajadores de mi grupo, a quienes les estamos tramitando los amparos se les mandó hacer estudios clínicos y médicos a instancias particulares y las demandas de amparo se enviaron a Campeche, de las cuales se está esperando la resolución”, mencionó.

Añadió que la empresa petrolera está cambiando el concepto de las cláusulas a los trabajadores con obesidad e hipertensión, al estar infectados de COVID-19, la petrolera aplica la cláusula 121 y un amparo médico, cuando la cláusula que se debe emplear es la 43 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), que además está incluido en el decreto presidencial. Recalcó en que la cláusula 121 sólo perjudicará a los que se contagien, además de que les afectará el salario, ya que con la 121 sólo les pagarán el 50 por ciento de los pagos.

La cláusula 43 avala también a los trabajadores que no tienen ninguna enfermedad degenerativa por si se enferman de COVID-19, pero usan la 123, la cual respalda a quienes sufran accidentes de trabajo, y tomen descanso hasta que se recuperen sin secuelas.

(Texto: Fernando Kantún / Foto: Fernando Kantún / Especial)

 

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