Quintana Roo

Suspenden obra de hotel en Chemuyil

De la Redacción

TULUM, 8 de mayo.- El Tercer Tribunal Colegiado resolvió el amparo presentado por asociaciones y organizaciones ecologistas en contra del complejo turístico que se está llevando a cabo en playas de Chemuyil, que han causado daño al frágil ecosistema del lugar que colinda con el santuario de la tortuga marina, por lo que dicha instancia otorgó una suspensión provisional de la obra.

Respecto a lo anterior, Aracely Domínguez, representante del grupo GEMA del Mayab, explicó que el pasado viernes 1 de mayo se presentó un amparo, conformado por un frente común entre varias organizaciones como Salvemos Manglar Tajamar, Grupo Gema del Mayab, Red de Tulum Sostenible y MOCE Yax Cuxtal y numerosos ciudadanos en contra de la obra autorizada por la Semarnat a la empresa Grupo Posadas, a través del “Fideicomiso Chemuyil” con Banco Actiniver como fiduciario.

Detalló que este emparo fue contra dependencias gubernamentales como Semarnat, Profepa y la Secretaría del Trabajo, por lo que entró con el juez séptimo de distrito, quien negó la suspensión por lo que se presentó una queja e intervino el Tercer Tribunal Colegiado otorgó parar la obra en razón a que no se hizo la vigilancia de que se cumpliera con el  dictamen de que se suspendieran los trabajos que no fueran esenciales en esta etapa de contingencia por el Covid-19, esto en lo que se siguen trabajando más procesos jurídicos como es el caso de más amparos.

Y es que por medio de un boletín de prensa la resolución de Tribunal Colegiado indica que: en términos del artículo 103 de la Ley de Amparo, [1] este órgano jurisdiccional resuelve: Dejar insubsistente el auto de 30 de abril de 2020 y en su lugar: 1.2. CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL en relación a la omisión de atender, dar seguimiento, a las actuaciones administrativas que motivaron la denuncia popular radicada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Delegación en el Estado de Quintana Roo, Jefatura de Denuncias Ambientales, Quejas y Participación Social, expediente PFPA/29.7/2C.28.2/0031-2020, para el efecto de que cese la omisión atribuida y la autoridad ejecute las diligencias necesarias para determinar la existencia de los actos, hechos u omisiones constitutivos de denuncia.

Lo anterior en la inteligencia de que no es posible postergar los procedimientos de inspección y vigilancia que se inicien con motivo de su instancia, dada la posible afectación ambiental al ecosistema costero del predio ubicado en las bahías de Chemuyil y Chemuyilito.

De esa manera se concedió la suspensión, respecto de los actos atribuidos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con sede en Cancún, Quintana Roo y Secretario de Salud del Estado de Quintana Roo, consistentes en la orden de inspección, clausura de los trabajos o actividades de construcción, limpieza, desmonte y/o remoción que se llevan a cabo en el predio, por vulnerar presuntivamente el decreto de suspensión de labores en virtud de la actual pandemia de salud, así como la omisión de sancionar las medidas y acciones sanitarias de prevención y contención a fin de evitar la propagación del virus COVID 19; cuya naturaleza no esencial, además, se relaciona con un posible menoscabo y/o deterioro medio ambiental.

Lo anterior, para el efecto de que las autoridades administrativas y del trabajo responsables se constituyan en el referido previo y, en uso de sus facultades legales: [i] determinen la presencia de trabajos no esenciales; y dispongan el acatamiento irrestricto al decreto de suspensión de labores, a fin de evitar la conglomeración de personas y el desacato a las medidas de mitigación y sana distancia determinadas a propósito de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19, cuyo contenido constituye un hecho notorio por haber sido dispuesto por la Secretaría de Salud Federal y, en su momento, reiterada por el Estado de Quintana Roo, y sus ayuntamientos.