El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó por unanimidad la resolución del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), que determinó la perdida de registro del Partido Encuentro SocialQuintana Roo (PESQROO). El PES Quintana Roo interpuso el Recurso de Apelación RAP/002/2021, a través del cual pretendía que se revoque la resolución impugnada a efecto de que el Ieqroo emita una nueva en donde se confirme su registro como partido. Al respecto, los magistrados, por unanimidad de votos, determinaron declarar como improcedentes cada uno de los cinco agravios que hiciera valer el partido en cuestión.
Lo anterior al considerar, tras revisar cada uno de los agravios, que las actuaciones realizadas por el órgano electoral de Quintana Roo fueron llevadas acabo con apego a la legalidad. El Pleno del Teqroo concluyó que el PESQROO no cumplió el requisito de militantes al registrar un número inferior al 0.26% del padrón electoral que se utilizó en la elección local ordinaria anterior del 2 de junio de 2019. De esta forma incumple con uno de los requisitos para su registro local estipulado en el Artículo 25 de la Ley de Partidos, que es mantener el mínimo de militantes requeridos para su constitución y registro. En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense que interpuso Aurora Ariadne Santín Coral, en contra del Consejo General del Ieqroo, fue desechado, al considerar que el acto impugnado quedo sin materia.
Lo anterior respecto a la solicitud de registro como aspirante a candidatas y candidatos independientes para la integración del Ayuntamiento de Cozumel para el Proceso Electoral Local 2020-2021. Se explicó que el pasado 22 de enero, el Consejo General del Ieqroo emitió un acuerdo en el que determina respecto a las solicitudes de registro como aspirantes a candidatas y candidatos independientes para la integración del Ayuntamiento de Cozumel, en el que aprobó la procedencia de su solicitud de registro, por lo que ya no había reclamo. Otro de los medios de impugnación atendidos, fue el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense presentado por Antonio Ramos Pérez.
Este ciudadano, de igual manera impugna el Acuerdo que aprueba los Lineamientos y la Convocatoria para el registro de candidaturas independientes durante el proceso electoral local 2020-2021, así como el oficio emitido por la Dirección de Partidos Políticos del Instituto, en el que le notifican las omisiones e inconsistencias de la documentación adjunta a la solicitud de su registro. Los magistrados determinaron declarar infundados los agravios presentados por el actor y decidieron confirmar el acuerdo del Consejo General del Ieqroo, dado que su proceder se realizó conforme a derecho.
CG