El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo aprobó el acuerdo mediante el cual se dio cumplimiento a la sentencia 33/2021 emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en el que se ordenó la inscripción de Issac Janix Alanis, en el Padrón Nacional de Personas sancionadas por cometer violencia políticos contra la mujer por razón de género.
Con la inscripción de Issac Janix en el padrón, incumple con el requisito de elegibilidad, por lo que su registro como candidato a la Alcaldía de Benito Juárez por el partido Fuerza por México, fue cancelado.
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Janix Alanis permanecerá cuatro años en este padrón, tiempo en el que no podrá ser elegido como candidato a un puesto de elección popular, porque a consideración del Teqroo perdió el modo honesto de vivir.
En consecuencia, el Partido Fuerza Por México deberá realizar la sustitución de la candidatura, aún y cuando su nombre aparezca en las boletas del próximo seis de junio.
El Tribunal Electoral de Quintana Roo determinó el miércoles pasado, que Issac Janix si cometió violencia política contra la mujer por razón de género en agravio de Mara Lezama, al expresar comentarios a través de una transmisión de Facebook.
En consecuencia ordenó su inscripción en el citado padrón y a que ofrezca una disculpa pública, en la misma red social en la que cometió las conductas.
JCL