Quintana Roo

Los delitos se cometieron en la Zona Norte; en el sur prefieren no denunciar por exceso de trámites ya que según pobladores no se detiene a las personas que se dedican a esta ilícita actividad

Ocho carpetas de investigación se han abierto en la Fiscalía General de la República (FGR) delegación Quintana Roo por tala ilegal de bosques, los casos ocurrieron en la Zona Norte del Estado, debido a que los comisarios ejidales del Sur no denuncian por un ser trámites muy burocráticos y no se soluciona el problema, ni se detiene a las personas que se dedican a esta ilícita actividad.

De acuerdo con los datos recabados en la delegación de Quintana Roo, hasta abril se tienen abiertas ocho carpetas, en Campeche cuatro y cero en Yucatán.

El presidente del comisariado ejidal de Laguna Om, Gualberto Caamal Ku, expresó que en el Sur de Quintana Roo se tienen varios casos de tala clandestina, por la falta de una cultura de la denuncia y tratan de que la Policía Quintana Roo o la Guardia Nacional solucionen este problema.

La tala ilegal es una constante en Quintana Roo, reiteró Caamal Ku, quien agregó que “los principales promotores son los propios ejidatarios, quienes omiten integrarse a la organización para un aprovechamiento sustentable, pero no hemos podido agarrar a los taladores furtivos porque el ejido es extenso, con 70 mil hectáreas y no se tiene el personal para llevar a cabo una vigilancia efectiva”.

Explicó que Laguna Om es uno de los ejidos forestales más importantes, con más de 150 especies. Hasta hace dos años el mercado asiático era el principal consumidor, pero con el cierre de las fronteras por la pandemia se dejó de comercializar.

En el caso de los ejidatarios de Laguna Om, tienen permiso para cortar árboles, pero esto no se realiza en las 35 mil hectáreas que están como Área Destinada Voluntariamente a la Conservación, con planes de generar empleos con el manejo forestal comunitario y proyecto de ecoturismo.

Destacó que en Quintana Roo se tiene una Ley Forestal, la cual en su capítulo quinto artículo 152 indica que las violaciones que las personas físicas o morales cometan a las disposiciones de la presente norma y demás ordenamientos que de ella emanen, constituyen infracciones que serán sancionadas administrativamente por el Instituto, en los términos de los Convenios y Acuerdos que se celebren con la Federación y, en su caso, por las autoridades municipales, de conformidad con las disposiciones aplicables, independientemente de las sanciones civiles o penales que pudieren corresponder al trasgresor.

Asimismo, indica que talar ilegalmente, transportar, almacenar, transformar, vender, comprar o poseer materias primas y en su caso productos forestales, sin contar con la documentación o sistemas de control establecidos para acreditar su legal procedencia, de conformidad con lo establecido por esta Ley y demás normativa aplicable.

Finalmente, destacó que el ejido Laguna Om la única demanda que ha puesto en la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) es contra la caza ilegal de la fauna silvestre, porque se tiene el santuario de protección al jaguar y los furtivos están acabando con las especies nativas.

JCL