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Feminicidio de Lucely: Colectivo acusa de negligente a la FGE Quintana Roo

El colectivo 'Verdad, Memoria y Justicia declaró que la búsqueda de Lucely, asesinada en Puerto Aventuras, se catalogó como 'No localizada', por lo que no se trató como delito por parte de la FGE Quintana Roo
El colectivo de búsqueda indicó que no e aplicaron los protocolos correctos para la localización de Lucely en Puerto Aventuras
El colectivo de búsqueda indicó que no e aplicaron los protocolos correctos para la localización de Lucely en Puerto Aventuras / Por Esto!

Ludovico Zamora Hernández, vocero del colectivo de búsqueda de personas desaparecidas en Quintana Roo, 'Verdad, Memoria y Justicia', reprochó que la Fiscalía General del Estado (FGE) buscó a Lucely Jacqueline Uc Chulin bajo la modalidad de “No localizada”, lo que implicó que su integridad física no estaba relacionada con la comisión de un delito; sin embargo, fue asesinada y su cuerpo localizado en Puerto Aventuras, delegación de Solidaridad, la noche del lunes.

Óscar Montes de Oca Rosales, titular de la FGE Quintana Roo, reconoció que el cadáver fue localizado tras el reporte al 911 sobre el hallazgo de una persona sin vida en Puerto Maya. Es decir, no se debió a las acciones de búsqueda inmediata o individualizada tras el reporte de una desaparición.

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Zamora Hernández explicó a Por Esto! que, de manera particular desde marzo, la FGE expide las fichas de búsqueda bajo el concepto de “No Localizado”, lo que establece, de acuerdo con la Ley General en Materia de Desaparición de Personas, que: “La persona cuya ubicación es desconocida y de acuerdo con la información que se reporte a la autoridad, su ausencia no se relaciona con la probable comisión de un delito”, es decir, que la “no localización” de Lucely Jacqueline se debió a que su ausencia fue de “manera voluntaria”.

De acuerdo con la ficha de búsqueda de Lucely Jacqueline del Protocolo Alba, fue presentada como “No localizada”, dos días después de su desaparición. “No debieron meterla así porque pareciera que es un tema de formato; sin embargo, muy probablemente no se llevaron acciones de búsqueda inmediata”.

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Ludovico Zamora precisó que tras el reporte de ausencia, desaparición o no localización de una persona, la FGE tiene la obligación de iniciar una carpeta de investigación y aplicar el protocolo homologado de búsqueda, donde hay dos tipos de rastreo.

La primera está enfocada en una búsqueda inmediata con acciones que se despliegan en calidad de urgente y en un término de 72 horas. “Si no se logra dar con el paradero de la persona, se da la presunción del delito, debiéndose iniciar una búsqueda individualizada, la cual se aplica específicamente cuando estamos hablando que la desaparición será la presunción de un delito”, señaló.

Otra de las obligaciones de la Fiscalía es un rastreo remoto, que consiste solicitar información a las diferentes áreas de Salud o seguridad, como hospitales, servicios médicos forenses, separos de la Policía y reclusorios, para verificar si dentro de los procesos y procedimientos que ejercieron tienen datos sobre la persona que buscan.

Otra de las acciones que deben ejercer es el despliegue operativo de agentes ministeriales o de investigación, quienes tienen la obligación de recorrer de manera física las rutas y lugares habituales por donde se desplazaba la víctima, el cual, en el caso de Lucely, se desconoce si se llevó a cabo o no, ya que fue localizada por personas externas. “Se trata de que lleven una búsqueda de campo en los lugares donde se tengan datos de que esta persona frecuentaba, los cuales se obtienen por el denunciante”, indicó.

Destacó que la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares, establece una diferencia entre una persona desaparecida y una no localizada.

Según la ley, una persona desaparecida es aquella que se desconoce su paradero y que, a partir de la información que se tiene, su ausencia está relacionada con la probable comisión de un delito.

En tanto que, una no localizada es aquella que se desconoce su paradero, pero a partir de la información obtenida, su ausencia no se relaciona con la probable comisión de un delito.

“No sabemos si la Fiscalía llevó a cabo las acciones de búsqueda inmediata, lo que sí sabemos es que emitió una ficha de búsqueda clasificándola como “No localizada”, por lo que ellos mismos señalan que no hubo presunción del delito, pero desgraciadamente a Lucely Jacqueline la encuentran por casualidad personas ajenas a estas instituciones.

Zamora Hernández precisó que, en este caso, se trató de la posibilidad de una desaparición cometida por particulares y que concluyó en feminicidio.

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CG

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