Quintana Roo

Luego de que la Secretaría de Salud de Quintana Roo (SESA) revelara que el hombre detenido junto a la camioneta de la dependencia con droga sí era colaborador, personal reveló más datos sobre el vehículo

La Secretaría de Salud de Quintana Roo (SESA) confirmó que Carlos J. M. P., quien fue detenido al transportar 200 kilogramos de marihuana en una unidad oficial, era un trabajador eventual, contratado por un periodo de tres meses; sin embargo, no especificó a cuál área pertenece o bajo las órdenes de qué funcionario estaba adscrito.

Trabajadores de esta dependencia informaron de manera anónima, que de acuerdo con las características de la camioneta, ésta no está asignada a ninguna área operativa, como podrían ser las Jurisdicciones Sanitarias, sino que pertenece a la Administración de la propia dependencia.

Carlos J. M. P se encuentra a disposición de las autoridades de la Fiscalía General de la República (FGR), acusado del delito de narcotráfico, en su modalidad de transporte. En las próximas horas, un Fiscal del Ministerio Público Federal determinará su situación jurídica.

La Secretaria de Salud indicó que tras conocerse la detención del empleado, se suspendió su contrato provisional, hasta que se decida si se le dicta un auto de vinculación a proceso, como marca la Ley Federal del Trabajo.

De manera extraoficial trascendió que la marihuana incautada la noche del 15 de julio por elementos del Ejército Mexicano en la carretera Chetumal–Escárcega, cuando era transportada a bordo de un vehículo oficial de la Sesa, fue traída desde el Sur de México y fue almacenada en una vivienda de la comunidad de Jesús González Ortega.

Según fuentes de Inteligencia, la droga es traída desde diferentes puntos del Sur, como Chiapas, y probablemente tenía como destino la Zona Norte de Quintana Roo.

Las autoridades de la Federación tratan de establecer si algún alto funcionario de la Secretaria de Salud del Estado (SESA) interviene en esta red de tráfico, ya que los vehículos de estas dependencias se quedan bajo resguardo desde el término de la jornada laboral del último día hábil; es decir, el viernes, a las 17:00 horas, y sólo se utilizan cuándo ocurre una comisión particular.

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CG