La XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo aprobó por unanimidad la denominada “Ley Ingrid”, que establece sanciones para quienes revelen información de investigaciones en curso, tales como fotografías.
La ley, promovida por Edgar Gasca Arceo, busca garantizar los Derechos Humanos y la dignidad de las víctimas, así como de sus familias, mediante la aplicación de sanciones a quienes filtren o difundan imágenes, audios o videos relacionados con procesos legales vigentes.
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Los Diputados aprobaron el Dictamen con Minuta de Decreto por el que se adiciona la fracción VII y un último párrafo al Artículo 238 del Código Penal del Estado de Quintana Roo.
Esta adición tiene su fundamento en el caso de la joven Ingrid Escamilla Vargas, quien tenía un gran futuro por delante, pero el 9 de febrero de 2020, con tan solo 25 años de edad, fue brutalmente asesinada a manos de su pareja sentimental, quien ya tenía una denuncia por violencia de su anterior pareja.
El caso de Ingrid indignó y conmocionó al país entero, no solamente por la violencia extrema del feminicidio, sino también por la insensibilidad que se tuvo al exponer su cuerpo tal y como estaba en la escena del crimen, a través de la difusión masiva de fotografías y videos, que fueron acompañados por titulares sensacionalistas y sexistas en periódicos y redes sociales, indicó el legislador.
“Lo más vergonzoso es que dichas fotografías fueron filtradas a los medios por servidores públicos que estaban a cargo de la investigación”, expuso Gasca Arceo, quien añadió que ese tipo de imágenes expuestas sin consentimiento alguno de las víctimas y familiares y que buscan generar el “morbo publicitario” en la gente, violentan los Derechos Humanos de las víctimas de feminicidio, de las víctimas indirectas y afectan a la comunidad en general, estando en un país que registró, tan sólo en el 2021, la alarmante cifra de mil 16 feminicidios, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La finalidad de esta reforma es sancionar al servidor público que, por cualquier medio, por si o por interpósita persona, revele, publique, transmita, exponga, distribuya, comercialice o comparta imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima, al cual se le impondrá prisión de dos a ocho años y de quinientos a mil días de multa, así como la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Si se trata de imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima, tratándose de mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual, adultos mayores, indígenas y personas afromexicanas, las penas previstas en esta fracción se incrementarán hasta 50 por ciento.
En la misma sesión y faltando nueve días para concluir sus labores, los Diputados aprobaron, además, la denominada “Ley Vicaria” y la creación del Registro Estatal de Agresores Sexuales, que contendrá a las personas sentenciadas por un Juez Penal por un delito sexual en el Estado.
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CG