La Comisión Nación Nacional del Agua (Conagua) local confirmó que no fue requerida para manifestarse mediante opinión técnica, ni tampoco tiene conocimiento de los aspectos técnicos para la construcción, instalación y funcionamiento de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, en la Parcela 175, del ejido de Isla Mujeres, localizado en el Norte del municipio de Benito Juárez, a favor de Red Ambiental Ciprés.
La celda emergente representa un riesgo de contaminación a los mantos acuíferos por su ubicación, por lo que la asociación “Salvemos Nizuc” y la Conagua se han manifestado al respecto, ya que esta última no fue requerida para los estudios correspondientes.
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De esta manera, confirma la resolución emitida previamente por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que no ha recibido solicitud ni ha emitido Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para la Parcela 175, donde se puso en operación la llamada celda emergente, la cual, a pesar de incumplir la NOM-083-Semarnat-2003, está recibiendo un promedio de mil 300 toneladas de residuos sólidos diariamente.
De acuerdo con el oficio No. B00.922.00.1.-041, con fecha del 26 de marzo del 2024, la Unidad Jurídica de la Dirección Local Quintana Roo de la Conagua, a cargo de Ana Elizabeth Duk Hoy, cuyo oficio está dirigido al Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo da respuesta en seguimiento del Incidente de Modificación de Suspensión Provisional derivado del Juicio de Amparo 160/2024/II, como parte de la denuncia interpuesta por la asociación civil“Salvemos Nizuc”, representada por Raúl Karin de la Rosa Peláez.
El oficio establece que de conformidad con el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades descritas en dicho artículo, entre las que se destacan la prevista en la fracción VII del citado numeral, relativo a cambio de uso de suelos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración, requerirán previamente la autorización de impacto ambiental de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
En este sentido y de conformidad con el Oficio Num SEMAR-NAT/UCVSDHT/UT/3005/2023, que plasma el quejoso en su demanda de garantías, la representación de la citada Secretaría en el Estado de Quintana Roo indicó que se atendió el DTU-A del proyecto 23/MA-0031/03/12, el cual no corresponde con la parcela 175 del Ejido Isla Mujeres y que esa Unidad Administrativa no ha emitido ninguna otra autorización desde el año 2013 a la fecha relativa al manejo o disposición final de residuos sólidos de los municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, incluyendo las recaídas en trámites de cambio de uso de suelo forestal, evaluación de impacto ambiental, con MIA e informe preventivo o cualquier otra que implique el cumplimiento de la NOM.083-SEMARNAT-2003.
En ediciones pasadas, Por Esto! le informó que hubo un trato turbio entre los Gobiernos estatal y municipal con la empresa Cipres, para que simularan entregar la MIA para la Parcela 175, aunque previo a dicha aprobación el lugar ya estaba listo, por lo que fue evidente que no se realizaron los estudios previos de impacto ambiental, como tampoco se tomó en cuenta la opinión de la Conagua.
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AT