Yucatán

El director del Instituto de Vivienda del Estado de Yucatán (IVEY), César Escobedo May, señaló ayer que el pago de 18 hectáreas que demandan los ejidatarios de Cinco Colonias por las tierras que ocupan el Roble Agrícola aún está en litigio y no hay una resolución definitiva.

Sin embargo, dijo que cuando la haya se acatará y en este caso el Juzgado Federal deberá resolver si es procedente el pago y, además, deberá definir también, de ser el caso, qué instancia sería la encargada de pagar, pues la expropiación de tierras la hizo el Gobierno Federal.

Informamos que el pasado martes un grupo de ejidatarios de Cinco Colonias llevó a cabo una protesta frente a Palacio de Gobierno en la que aseguraron que ya ganaron la demanda y que, por ende, les deben pagar las 18 hectáreas de tierras por las que piden 78 millones de pesos.

Escobedo May explicó ayer que en 1988 la SEDUE expropió mil 192 hectáreas, que luego pasaron al Gobierno del Estado; en esa superficie están las hectáreas que reclaman los ejidatarios de Cinco Colonias.

Los ejidatarios aseguran no haber recibido el pago respectivo y, por tal razón, interpusieron ante el Juzgado Segundo de lo Civil un interdicto de apeo y deslinde (891/2014), pero es sólo para la ubicación de predio motivo del juicio, para establecer la “litis”.

Aparentemente este documento es en el que se basan los ejidatarios para decir que ya ganaron, por lo que se les debe pagar; sin embargo, el director del IVEY explicó que este documento es sólo para llevar a cabo la ubicación del predio y que todavía no hay una sentencia definitiva.

Dijo que el IVEY y el Gobierno del Estado son respetuosos de las decisiones de las autoridades y si un tribunal o juzgado ordena que se debe pagar las tierras se hará, pero reiteró que por ahora sigue el litigio.

Expuso que el interdicto de apeo y deslinde del tablaje número 2997 de la ciudad de Mérida no les da la propiedad a los ejidatarios, sino que sólo es un primer paso para que se certifica la ubicación de las tierras, ya que en el mismo documento se señala que “toda cuestión sobre posesión o propiedad, en su caso, habrá de deducirse en el juicio correspondiente”.

(David Rico)