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Yucatán

Restricción a la libertad constitucional de tránsito

Rolando Bello Paredes

Por la crisis sanitaria del coronavirus, el secretario estatal de Salud y director general de los Servicios de Salud de Yucatán expidió el “Acuerdo SSY 01/2020 por el que se establecen medidas de seguridad sanitaria para evitar la propagación del virus SARS-CoV-2 por gotas y contacto directo entra la población del estado de Yucatán”, publicado en edición vespertina del Diario Oficial del estado del pasado jueves 23.

Entre las medidas, se encuentra la siguiente: “Se limita la circulación de vehículos en las vías públicas de jurisdicción estatal (…) En las vías públicas de jurisdicción estatal se dispondrán las modalidades de limitación a la circulación de vehículos, de conformidad con lo siguiente: a). Por cada vehículo de uso particular sólo se permitirá como máximo una persona a bordo de éste”.

Esta disposición estará en vigor por tiempo indeterminado: “A partir del viernes 24 y hasta en tanto no se declare el cese de la pandemia de Covid-19 o se deje sin efectos por la autoridad estatal”. Ha recibido críticas y alguna que otra alabanza, sobre todo en las redes.

Los Bocadillos insisten en que constituye una especie de restricción a la libertad constitucional de tránsito, y que el secretario de Salud y director general de los Servicios de Salud de Yucatán, no tiene facultades para restringirla.

Revisé detenidamente los veintidós considerandos del referido acuerdo secretarial y no encontré motivación ni fundamentación que sustente la medida restrictiva. Se apoya en los diversos acuerdos emitidos por las autoridades sanitarias del país, pero en ninguna de las disposiciones de aquéllos se encuentra alguna restricción a la libertad constitucional de tránsito.

Es, podría considerarse, una aportación estatal, que es disconforme con los preceptos de la Ley Fundamental de los mexicanos.

Tampoco en las atribuciones que le otorgan las normas jurídicas administrativas que regulan el funcionamiento de la Secretaría de Salud, se puede encontrar alguna que posibilite la restricción de derechos fundamentales.

Esto es así, ya que sólo el presidente de la República, con aprobación del Congreso de la Unión, puede restringir o suspender el ejercicio de los derechos, en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, y solamente aquellas que fuese obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación, de acuerdo con lo que dispone en artículo 29 de la Constitución federal.

No obstante la sospecha de inconstitucional y arbitraria, la medida será acatada por los habitantes de la entidad, ya que además pesa sobre ellos diversas sanciones para quienes la incumplan –multas y arrestos-, que impondría la Secretaría de Seguridad Pública. Y todos lo harán, no sólo por la vigente sana distancia, sino porque nadie quiere tener cerca al aparato policiaco, en las circunstancias del referido acuerdo secretarial.

Cuando la pandemia sea vencida habrá tiempo para el análisis jurídico y académico de las medidas que adoptó el gobierno del estado durante el desarrollo de la desgracia del coronavirus.

Advertencia senatorial. El líder de los senadores de Morena, Ricardo Monreal Avila: “La línea de los derechos humanos es muy delgada, por ello yo hago un exhorto a los gobernadores para que no se exceda, el que restrinjan la libertad de tránsito, que restrinjan la libertad de expresión y de reunión es simplemente y llanamente una suspensión de garantías individuales, y los mandatarios no lo pueden hacer. Los gobernadores que están ordenando por la vía coercitiva o por la vía de la policía restricciones están violando garantías” (ver “Monreal: limitar garantías individuales es peligroso, no lo aconsejo”, en portal de Político.mx, 20 abril 2020).

Segey. La comisión legislativa de Educación del Congreso estatal aprobó un dictamen de reformas a la Ley de Educación, para “establecer protocolos en los planteles escolares ante la posible desaparición de estudiantes”. Abundó que “serán los directores escolares los responsables de dirigir y coordinar los esfuerzos de profesores, trabajadores sociales, alumnos y padres de familia, así como implementar los protocolos escolares emitidos por la Secretaría de Educación del Estado (Segey), ante la desaparición o sustracción de estudiantes”.

La Segey debe algunas informaciones a la comunidad educativa de la entidad. Por ejemplo, el tema de la “educación emocional”, que la ley de la materia la entiende como “el proceso educativo continuo y permanente que busca el desarrollo humano; es decir, el desarrollo personal y social; el desarrollo de la personalidad integral del individuo”. Aunque las disposiciones se deberán aplicar en el siguiente curso escolar 2020-2021, la Segey no informa de los avances en su instrumentación.

Tampoco ha informado del proceso para que en cada plantel educativo de nivel básico, medio superior, superior y las que cuenten con validez oficial, se cuente con un trabajador social, con título de licenciatura, que será responsable de la “atención de individuos o grupos que presenten o estén en riesgo de presentar, problemas de índole social, emocional, psicológico académico o situaciones de acoso escolar”.

Otro, relevante, es la “armonización” de la legislación estatal a las leyes secundarias de la (contra) reforma educativa (ver Bocadillos en POR ESTO! 9 febrero 2020). La responsabilidad del asunto es compartida entre el Ejecutivo, por conducto de la Segey, y el Congreso estatal. La tragedia del coronavirus complica el escenario legislativo, pero hay que cumplir con el imperativo constitucional de “armonizar” las leyes estatales de la materia.

La Segey, por lo visto, está entretenida ahora en reproducir en las redes las informaciones que publica “Mauricio Vila” en Facebook.

Prodigio. La 4T no deja de sorprender cotidianamente. En edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del pasado jueves 23 de abril, se publicó el presidencial “Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican”. Se habían anunciado en la mañanera de prensa del miércoles 22.

Lo sorprendente fue que el Decreto de marras reproducía el texto íntegro de lo discursado en la conferencia de prensa presidencial, sin cambio alguno. En sentido estricto no constituye una disposición jurídica administrativa. La 4T ha cambiado las elementales disposiciones para la elaboración técnica de las diversas normas jurídicas aplicables en el ámbito administrativo. Inserta ahora discursos presidenciales, sin rigor ni técnica jurídica.

Además, el propio Ejecutivo considera inaplicable su decreto, al determinar en el artículo segundo transitorio, que el documento se “convertirá en una iniciativa de ley que estoy enviando con carácter de estudio prioritario y, en su caso, de aprobación inmediata a la H. Cámara de Diputados”, y será hasta entonces que se podría exigir su cumplimiento, sobre todo lo que se refiere a asuntos presupuestales. Un decreto administrativo no puede modificar las disposiciones contenidas en las leyes de la materia.

Luego se informó que el Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para modificar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, “para reasignar cantidades del presupuesto”.

CFE. Aunque la dirección de la paraestatal ya declaró que no habrá apoyos para sus usuarios, el gobernador Mauricio Vila Dosal insiste en pedir “se evalúe reducir las tarifas e implementar apoyos para la economía de las familias”.

Le solicitó al responsable de la División Peninsular de la CFE: “Implementar acciones para reducir las tarifas eléctricas que se aplican en Yucatán, evitar posibles incrementos y establecer opciones de apoyo que favorezcan la economía de los yucatecos sobre todo en estos momentos de emergencia sanitaria y económica” (POR ESTO! 24 abril 2020).

Esta petición gubernamental merece el apoyo y respaldo social.

Botoncitos de Azahar. El gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, “calificó de ‘pendejos’ a los que no respetan las medidas para prevenir contagios” (Portal de revista Proceso, 23 abril 2020).

Bocadillos. Luego de un prolongado receso, desde febrero último, reanudo la columna dominical Bocadillos, debida a la generosidad y estímulo del periodista Mario Renato Menéndez Rodríguez, Director General de POR ESTO!, principal colectivo periodístico de la Península de Yucatán.

Tardeada dominical. En las redes:

- “Me dijeron que si quería salir a la calle sólo tenía que usar cubre bocas y guantes. ¡Me engañaron! Todos traen ropa y se me quedaron viendo feo”.

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