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Toda empresa considerada como esencial que busque reiniciar actividades deberá solicitar permiso al IMSS para verificar el protocolo a aplicar en el centro laboral y la respuesta de la institución deberá darla en un máximo de 72 horas.

Sin embargo, el Presidente Andrés Manuel López Obrador dijo en una pasada conferencia que independientemente del cumplimiento de las disposiciones exigidas, se tendrá confianza en la palabra de los empresarios sobre las medidas que dispondrán como parte del protocolo.

A nivel federal se anunció que a partir del primero de junio iniciará la etapa de reapertura socioeconómica mediante el sistema de semáforo de alerta sanitaria semanal por regiones, mecanismo que determinará el nivel de alerta sanitaria y definirá qué tipo de actividades están autorizadas para reiniciar funciones.

(Vale la pena señalar que, en Yucatán, desde el pasado lunes 18 de mayo se autorizó el reinicio de tres actividades esenciales y a partir del primero de junio se hará con el sector de la construcción, de cuyos detalles informamos en nota aparte).

Lineamientos

De acuerdo a la manifestado por la Secretaria de Economía, Graciela Márquez, las empresas que pretendan entrar en operación a partir del primero de junio deben contar previamente con la autorización sanitaria emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social y podrán registrarse en la plataforma del IMSS como actividades esenciales (construcción, minería y fabricación de equipo de transporte).

Observó que las actividades consideradas como esenciales podrán operar sin considerar los colores que registre el semáforo en cada Entidad Federativa: rojo, naranja, amarillo y verde.

Las empresas deben crear un protocolo que proteja a todos sus trabajadores, independientemente del área en que se desempeñen. Las compañías dedicadas a la construcción, minería y la industria del transporte, que incluye la rama automotriz, aeroespacial, ferroviaria y naviera, interesadas en reabrir, están obligadas a seguir el procedimiento.

El documento emitido por la Secretaría de Economía precisa que será obligatorio que dichos protocolos se basen en los lineamientos elaborados por la Secretaría de Salud (SSA), en conjunto con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y otras dependencias.

Las empresas deben registrarse en la plataforma www.gob.mx/ nuevanormalidad, en la que encontrarán el cuestionario Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria.

Una vez registradas las empresas en la mencionada plataforma, el IMSS informará en un plazo no mayor a 72 horas, si pueden reabrir o no, o si necesitan ampliar la información proporcionada. Ese dictamen será enviado por correo electrónico. Si la solicitud es rechazada, podrán reiniciar el proceso, pero para ello deberán enviar su protocolo completo.

La nueva normalidad

El protocolo debe contener una estrategia para el retorno a las actividades y considerar las tres etapas que habrá de seguir el país para llegar a la denominada “nueva normalidad”: Primera.

Comenzó desde el pasado 18 de mayo. En los “Municipios de la Esperanza”, los cuales no tienen contagios registrados de COVID-19, ni vecindad con municipios con brotes, se permitirá la apertura a toda la actividad laboral.

Segunda. Del 18 y el 31 de mayo. Es el período de preparación para la reapertura donde las empresas dedicadas a actividades esenciales deberán adoptar y validar los protocolos y se prepararán para implementarlos.

Tercera.

A partir del primero de junio próximo inicia la etapa de reapertura socioeconómica considerando el sistema de semáforo de alerta sanitaria semanal por regiones, que definirá el tipo de actividades autorizadas para reiniciar actividades.

Medidas específicas

En el protocolo, los establecimientos deben señalar qué medidas pondrán en marcha para mantener la sana distancia en el centro de trabajo, así como cada una de las medidas a aplicar y que deberán considerar los siguientes principios:

-Privilegiar la salud y la vida

-Solidaridad y no discriminación

-Economía moral y eficiencia productiva

-Responsabilidad compartida entre los ámbitos público, privado y social

Las disposiciones precisan que uno de los requisitos principales es definir la manera en que se establecerá un control con filtros a la entrada y salida de las instalaciones de la empresa para verificar que ningún trabajador presente síntomas de COVID-19, así como proporcionar material sanitizante.

De igual forma se hace énfasis en la capacitación al personal para que conozca y aplique las nuevas medidas sanitarias a practicar.

También se exige que se informe al personal qué estrategia se seguirán ante un brote de COVID-19 y la estrategia para proteger a los trabajadores vulnerables en zonas de alerta media y alta.

Con información de Rafael Mis Cobá

Por Redacción Por Esto!

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